Cómo quedan las retenciones: el nuevo esquema para soja, trigo, maíz y girasol publicado en el Boletín Oficial
Milei avanza con otra reducción de retenciones, fijan nuevas alícuotas para granos y subproductos en línea con la estrategia de apertura agroexportadora
El Gobierno oficializó un nuevo esquema permanente de derechos de exportación para productos agroindustriales, con rebajas en cadenas clave como soja, trigo, maíz, girasol, cebada y sorgo. La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial mediante el Decreto 877/2025, busca consolidar el superávit fiscal, potenciar las exportaciones y sostener el ingreso de divisas en un contexto de estabilización macroeconómica.
Un nuevo esquema de retenciones para consolidar el ingreso de divisas
El Poder Ejecutivo estableció, a través del Decreto 877/2025, el nuevo cuadro de alícuotas del Derecho de Exportación (D.E.) aplicable a un amplio conjunto de mercaderías clasificadas en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). La norma dispone reducciones permanentes para productos estratégicos del agro, profundizando el sendero iniciado con el Decreto 526/2025, que ya había recortado retenciones a complejos como soja, girasol, maíz, trigo, cebada y sorgo.
El decreto destaca que la decisión responde a “la transformación de la política económica” y a la necesidad de “optimizar el uso de los recursos del Estado para acompañar el programa de estabilización macroeconómica”. Entre enero y octubre de 2025, los complejos de granos alcanzaron exportaciones por USD 28.875 millones y 86,52 millones de toneladas, un incremento interanual de 5% en monto y 10% en volumen, con subas superiores al 50% en trigo y girasol.
La medida entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y deberá ser analizada por la Comisión Bicameral Permanente, conforme lo prevé la Ley 26.122 para los decretos dictados en ejercicio de delegación legislativa.
Detalle de alícuotas: reducciones generalizadas y excepciones específicas
El Anexo del decreto fija las nuevas alícuotas para cada posición arancelaria NCM, con particular incidencia en productos primarios, harinas, aceites y subproductos. Entre los casos más relevantes se destacan:
- Trigo (NCM 1001): retenciones del 1,5% y 7,5% según la subpartida.
- Cebada (NCM 1003): alícuotas generalizadas del 7,5%.
- Maíz (NCM 1005): el grano tributa 2,5%; subproductos en 8,5% con excepciones específicas como pisingallo (0%) y variedades “flint o plata” con escalas diferenciales.
- Sorgo (NCM 1007): tributa 8,5%, salvo envases menores que pagan 0%.
- Harinas y productos molineros (NCM 1101–1109): alícuotas entre 0% y 5%, con múltiples excepciones según envase, origen o tipo de grano.
- Soja (NCM 1201): poroto tributa 1,5%, mientras que otras categorías mantienen 24%.
- Maní (NCM 1206): alícuota del 4,5%, reducida a 0% para partidas “descascaradas” o “tipo confitera”.
- Aceites vegetales (capítulo 15):
- Aceite de soja: 22,5% y 18% según subpartida.
- Aceite de girasol: entre 2,5% y 4,5%.
- Alimentos balanceados y subproductos (NCM 2309): esquema complejo con alícuotas de 1,5% a 20%, según contenido de soja, granulometría y formato de presentación.
- Glicerina (NCM 2905.45.00): 1,5%.
- Preparaciones químicas (NCM 3826.00.00): 21%.
El decreto insiste en que los derechos de exportación constituyen un “impuesto distorsivo que debe eliminarse”, y que las reducciones continuarán “en la medida en que lo permita el superávit fiscal”.
Contexto político y posibles impactos en el sector agroindustrial
La agroindustria aporta alrededor de USD 45.000 millones anuales en exportaciones y concentra los principales complejos de generación de divisas. Por ello, la baja de retenciones se inscribe en una política más amplia de competitividad externa, facilitación del comercio y apertura de mercados.
El oficialismo argumenta que el recorte sostenido de alícuotas genera previsibilidad, impulsa la producción regional y fortalece la recuperación de la economía real. Al mismo tiempo, busca reforzar el flujo de dólares comerciales que sostienen la estrategia de estabilización liderada por el Ministerio de Economía.
Sin embargo, sectores provinciales y algunas entidades académicas advierten que la reducción permanente de la recaudación por retenciones podría tensar la capacidad tributaria nacional en un contexto fiscal aún delicado. También se prevé debate legislativo, dado que la Comisión Bicameral deberá expedirse sobre la validez del decreto, abriendo un capítulo político que puede influir en la dinámica parlamentaria.
En el plano productivo, la medida podría acelerar decisiones de inversión, aumentar la siembra de cultivos con menor carga tributaria y mejorar la competitividad en mercados externos, donde Argentina compite con países que no aplican impuestos a la exportación.


