Mes: mayo 2026

Sebastián Torres rechazó una desregulación inmobiliaria: “Pone en riesgo la seguridad de las operaciones”

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El debate sobre una eventual desregulación del mercado inmobiliario, anunciada por el ministro Federico Sturzenegger, sumó una nueva voz crítica en Misiones. Sebastián Torres, referente de Torres Inmobiliaria, cuestionó con dureza cualquier intento de flexibilizar o eliminar las exigencias de matriculación para ejercer el corretaje, al advertir que una medida de ese tipo podría dejar desprotegidos tanto a compradores como a vendedores e inquilinos.

En una entrevista concedida al programa “Pasa de Todo”, de FM República, Torres sostuvo que avanzar hacia una desregulación “no tiene ningún sentido” y recordó que la regulación de la actividad fue una conquista impulsada durante años por el sector formal para garantizar transparencia y seguridad jurídica en las operaciones inmobiliarias.

“Que se quiera hablar hoy de desregulación de la actividad me parece que no tiene ningún sentido”, afirmó el empresario. Según explicó, el objetivo de exigir matrícula profesional fue siempre “proteger al mercado” y brindar garantías a quienes invierten en alquileres, compran propiedades o ponen inmuebles a la venta.

Torres remarcó que una operación inmobiliaria involucra aspectos legales, patrimoniales y documentales complejos que requieren controles específicos y conocimiento profesional. En ese sentido, advirtió sobre la proliferación de personas que ejercen la actividad sin habilitación formal.

“Hay muchos que se dedican a la actividad en forma inapropiada, sin matrícula”, señaló. Y agregó que, si bien evitó generalizar, muchas veces quienes trabajan fuera del sistema formal “no toman todas las medidas” necesarias para asegurar que una compraventa o un alquiler se concrete bajo parámetros adecuados de seguridad y legalidad.

El empresario explicó que uno de los principales roles de una inmobiliaria matriculada es verificar el estado legal de los inmuebles y garantizar que las operaciones puedan realizarse sin conflictos posteriores. “Si venís a comprar una casa, nosotros te vamos a asegurar que está en condiciones de ser transferida y que no va a tener problemas en el medio de la operación”, ejemplificó.

La discusión sobre la regulación del corretaje inmobiliario reaparece en un contexto nacional marcado por debates sobre desburocratización y apertura de actividades profesionales. Sin embargo, desde el sector inmobiliario formal advierten que una flexibilización extrema podría generar mayor informalidad, conflictos legales y riesgos patrimoniales para los consumidores.

En Misiones, el mercado inmobiliario atraviesa además un período de fuerte dinamismo vinculado al crecimiento urbano, el desarrollo de nuevos emprendimientos y el avance de inversiones privadas, especialmente en ciudades como Posadas, Puerto Iguazú y Oberá. En ese escenario, los operadores matriculados sostienen que la profesionalización del sector resulta clave para preservar la confianza y la seguridad jurídica de las transacciones.

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El consumo sigue sin reaccionar: el IVA confirma estancamiento y caída de la actividad

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La recaudación del IVA vinculada al mercado interno volvió a mostrar señales de debilidad en el inicio de 2026 y refuerza el diagnóstico de una economía que no logra recuperar el consumo. De acuerdo con un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), el componente impositivo del Impuesto al Valor Agregado registró una caída real del 2% en el primer cuatrimestre del año, mientras que el IVA aduanero se desplomó 23%, reflejando además la fuerte retracción de las importaciones.

El dato resulta especialmente relevante porque el IVA es uno de los principales termómetros del nivel de actividad y del consumo masivo. Según el análisis elaborado por el economista Nadín Argañaraz, el IVA Neto acumuló una baja real del 8,5% interanual respecto del mismo período de 2025, incluso contemplando una desaceleración inflacionaria durante abril.

La dinámica confirma que la recuperación económica continúa mostrando fuertes desequilibrios sectoriales. Mientras algunos rubros ligados al agro, la minería y la intermediación financiera exhiben mejoras, el comercio y la industria siguen sin encontrar piso. La caída de la recaudación asociada al consumo interno deja en evidencia que el deterioro del poder adquisitivo todavía impacta sobre las ventas y la actividad cotidiana.

El cuadro se completa con otros indicadores tributarios que también reflejan enfriamiento económico. El impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios -considerado un indicador casi instantáneo de la actividad- cayó 0,5% real en el primer cuatrimestre, marcando al menos un escenario de estancamiento.

A nivel general, el IARAF estimó que la recaudación tributaria nacional total retrocedió 6,7% real interanual entre enero y abril. Incluso excluyendo los tributos vinculados al comercio exterior, la caída fue de 5,3%, lo que evidencia que la debilidad económica trasciende el impacto de las importaciones.

Entre los tributos con peor desempeño aparecen los derechos de exportación (-37,5%), los impuestos internos coparticipados (-17,6%) y los derechos de importación (-16,1%). En contrapartida, el único impuesto con crecimiento real fue el de los combustibles, con una suba de 20,9%, impulsada por actualizaciones impositivas y aumentos de precios en surtidores.

El deterioro de la actividad también comienza a impactar sobre los recursos asociados al empleo formal. Los aportes y contribuciones a la seguridad social mostraron una baja real de 4,1% interanual, en línea con el enfriamiento del mercado laboral y la pérdida de poder salarial.

Los últimos indicadores privados y oficiales refuerzan ese escenario. El Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) del INDEC registró una caída de 2,6% en febrero, mientras que el Centro de Estudios Orlando Ferreres calculó un retroceso de 2,9%, asociado principalmente a la debilidad industrial y comercial.

Aunque para marzo algunas consultoras proyectan un rebote moderado, los analistas coinciden en que todavía no alcanza para compensar las caídas acumuladas en los primeros meses del año. El resultado es una economía que exhibe estabilidad financiera y desaceleración inflacionaria, pero todavía sin una recuperación sólida del consumo y la actividad real.

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El STJ de Corrientes frena a municipios y prohíbe condicionar licencias al pago de multas

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes resolvió que los municipios no pueden exigir el pago de multas de tránsito como condición para renovar la licencia de conducir. La decisión, formalizada en la Sentencia N° 315, se conoció tras rechazar un recurso extraordinario de la Municipalidad de Paso de los Libres y deja firme un criterio que limita prácticas extendidas en administraciones locales.

El caso se originó a partir de un amparo presentado por un ciudadano al que se le había impedido renovar su licencia por mantener deudas por infracciones. El máximo tribunal provincial consideró que esa exigencia carece de sustento legal y vulnera el derecho constitucional a circular, estableciendo un precedente con implicancias institucionales.

Seguridad vial versus recaudación

El fallo se apoya en la Ley Nacional de Tránsito, que fija los requisitos para obtener o renovar una licencia —como la aptitud psicofísica o la inexistencia de inhabilitaciones— sin incluir la cancelación de multas como condición obligatoria.

Para el tribunal, la práctica municipal cuestionada altera el espíritu de la norma: transforma una regulación de seguridad vial en un instrumento de cobro. Esa reinterpretación, según el STJ, rompe el principio de legalidad al imponer obligaciones no previstas por la ley y afecta derechos constitucionales básicos.

El voto principal, firmado por el ministro Luis Eduardo Rey Vázquez, sostiene que “nadie puede ser obligado a hacer lo que la ley no manda”, y valida el uso del amparo como vía para proteger derechos vulnerados. La decisión fue acompañada de manera unánime por el resto de los integrantes del tribunal.

La resolución establece una separación clara entre dos planos: La potestad sancionatoria del Estado frente a infracciones de tránsito. Y el derecho administrativo del ciudadano a obtener o renovar su licencia.

A partir de este criterio, los municipios no pueden bloquear trámites vinculados a la licencia por deudas económicas, aunque sí mantienen la facultad de exigir el pago de multas por otras vías legales.

El cambio no elimina las sanciones, pero restringe el uso de la licencia como herramienta de presión fiscal.

Tensión entre autonomía local y control judicial

El fallo introduce un límite directo a una práctica extendida en gobiernos municipales, donde la gestión del tránsito suele cumplir también una función recaudatoria.

En términos institucionales, el STJ fortalece el rol del Poder Judicial como árbitro frente a posibles desbordes del poder local. Al mismo tiempo, condiciona la capacidad de los municipios de utilizar mecanismos indirectos de cobro, obligándolos a ajustar sus estrategias dentro del marco legal vigente.

El caso también expone una tensión estructural: la necesidad de financiamiento municipal frente a restricciones normativas que impiden utilizar ciertos instrumentos administrativos como fuente de ingresos.

Si bien el fallo no elimina las multas, sí altera su dinámica de cobro. Al impedir que la renovación de licencias funcione como mecanismo coercitivo, se reduce la capacidad inmediata de recaudación por parte de los municipios.

En términos concretos, esto podría traducirse en:

  • Menor liquidez rápida por cobro de infracciones.
  • Mayor necesidad de fortalecer mecanismos formales de ejecución de deudas.
  • Reconfiguración de la política de ingresos locales vinculados al tránsito.

Posible efecto expansivo en el NEA

Aunque la decisión corresponde a Corrientes, el criterio judicial podría influir en otras jurisdicciones del NEA donde prácticas similares están vigentes.

Para provincias como Misiones, el fallo funciona como antecedente relevante. Sin implicar una aplicación automática, abre la puerta a planteos judiciales similares si existen casos donde la renovación de licencias esté condicionada por deudas de tránsito.

La resolución deja varios interrogantes operativos. Por un lado, si otros ciudadanos recurrirán a la vía judicial para cuestionar situaciones análogas. Por otro, cómo responderán los municipios ante la pérdida de un mecanismo de cobro eficiente.

El próximo movimiento estará en la adaptación normativa y administrativa de las comunas, así como en la posible proliferación de litigios que busquen extender este criterio a otras jurisdicciones.

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El BID revela que el Estado captó 15,6% del ingreso agrícola en 2024 y profundiza la brecha con la región

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Un informe de Banco Interamericano de Desarrollo, a través de su plataforma Agrimonitor, estimó que en 2024 —primer año del gobierno de Javier Milei— el Estado argentino se apropió del 15,6% del ingreso de las empresas agrícolas. En términos absolutos, la transferencia alcanzó los 9.279 millones de dólares, configurando un esquema donde el sector financia al fisco en lugar de recibir asistencia.

El dato introduce una tensión estructural en la política económica: mientras el Gobierno impulsa una agenda de desregulación y apertura, el agro continúa operando bajo un régimen de extracción neta de recursos.

Un indicador que mide subsidios… y en Argentina, extracción

El indicador utilizado, denominado Estimado de Apoyo al Productor (EAP), suele reflejar el nivel de subsidios que los Estados destinan al sector agrícola. Sin embargo, en el caso argentino presenta signo negativo, lo que implica una transferencia desde el sector privado hacia el Estado.

Según el informe, este resultado se explica “en gran medida” por los derechos de exportación, que funcionan como principal mecanismo de captación de renta en la cadena agroindustrial.

Argentina consolida un esquema inverso al de la región

La comparación internacional muestra un diferencial significativo:

  • En Brasil, el gobierno transfirió US$ 16.200 millones al agro en 2024
  • Uruguay registró un apoyo de US$ 291 millones
  • Chile, US$ 355 millones
  • Paraguay, US$ 28 millones

En términos relativos, el contraste es aún más marcado: mientras Brasil destina un 7,5% del ingreso del sector como apoyo, Argentina presenta un -15,6%, es decir, una extracción equivalente.

El dato posiciona al país como una excepción dentro del Mercosur y la región.

Presión fiscal sobre el agro y límites del modelo

Desde una lectura de poder, el informe expone una contradicción dentro del esquema económico: el agro sigue siendo una fuente central de recursos fiscales, incluso en un contexto de reformas orientadas al mercado.

El nivel de extracción registrado en 2024 es superior al de 2023 (US$ 6.129 millones), aunque menor a los picos de 2021 y 2022, cuando superó los US$ 13.000 millones. Esto sugiere una moderación relativa, pero no un cambio estructural.

El dato también refuerza la centralidad del sector agropecuario en la sostenibilidad fiscal del Estado.

La apropiación de ingresos por parte del Estado tiene efectos directos sobre el funcionamiento del sector: Reduce el capital de trabajo disponible. Condiciona decisiones de inversión. E impacta en la competitividad frente a otros países

En un escenario donde otros países subsidian o apoyan al agro, la estructura argentina introduce un diferencial de costos que puede afectar la expansión productiva.

Tensión entre recaudación y competitividad

El dato del BID instala una discusión que excede el corto plazo: hasta qué punto el esquema de captación de recursos del agro es compatible con una estrategia de crecimiento sostenido.

Las variables a observar serán la evolución de los derechos de exportación, la rentabilidad del sector y la capacidad del Gobierno para equilibrar necesidades fiscales con incentivos productivos.

El número es claro. Lo que queda abierto es cómo se resuelve la tensión entre caja y desarrollo.

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La Corte interviene en una demanda de provincias por la eliminación del fondo de bosques

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió asumir competencia originaria en la demanda presentada por las provincias de Buenos Aires, La Rioja, Santiago del Estero y La Pampa contra el Estado nacional por la disolución del Fondo Fiduciario de Protección Ambiental de los Bosques Nativos (Fobosque), dispuesta por el decreto 888/24. El tribunal corrió traslado al Gobierno para que responda en un plazo de 60 días, habilitando un conflicto de alto voltaje institucional.

El expediente introduce una tensión estructural: la disputa por recursos con asignación específica frente a la decisión del Ejecutivo de centralizarlos en el Tesoro. En juego no solo está la política ambiental, sino la arquitectura del federalismo fiscal.

Un fondo con anclaje legal y compromisos internacionales

El Fobosque fue creado por ley en 2018 como instrumento para financiar políticas de protección de bosques nativos, en línea con compromisos asumidos por Argentina en el marco del Acuerdo de París. Su objetivo era canalizar recursos hacia provincias para tareas de conservación, restauración y manejo sostenible.

Las provincias sostienen que su disolución implica una transferencia indebida de fondos que, por ley, tienen asignación específica dentro del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos (FNECBN), previsto en la ley 26.331.

El planteo judicial apunta a declarar la inconstitucionalidad de los artículos 3 y 4 del decreto, bajo el argumento de que vulnera normas legales y compromisos internacionales.

Judicialización de la política ambiental y financiera

La decisión de la Corte no resuelve el fondo del conflicto, pero altera el escenario: valida la vía judicial como canal de disputa entre Nación y provincias y abre la puerta a una eventual revisión del decreto.

Además, el tribunal dejó pendiente la evaluación de medidas cautelares solicitadas por las provincias —como la restitución de fondos— hasta que el Estado responda o venza el plazo otorgado.

El proceso también incorpora reclamos por transferencias no realizadas correspondientes a 2023 y 2024, lo que agrega una dimensión fiscal inmediata al conflicto.

El caso expone una tensión clásica del federalismo argentino: la administración de fondos con destino específico frente a decisiones centralizadas del Ejecutivo nacional.

Las provincias demandantes buscan preservar capacidad de ejecución sobre políticas ambientales y recursos asociados. El Gobierno, en cambio, avanzó con la disolución del fideicomiso, lo que implica un rediseño en la administración de esos fondos.

La intervención de la Corte coloca al Poder Judicial como árbitro de una disputa que trasciende lo ambiental y se inscribe en la puja por recursos.

Financiamiento en disputa y ejecución de políticas

El conflicto tiene efectos concretos sobre la economía de las provincias involucradas. Los fondos en discusión estaban destinados a financiar proyectos de conservación, lo que implica:

  • Recursos para actividades productivas sostenibles
  • Financiamiento para manejo de bosques
  • Transferencias directas a jurisdicciones

La eventual paralización o redireccionamiento de esos fondos puede afectar la ejecución de políticas públicas vinculadas al territorio.

Cautelares, respuesta del Estado y posible fallo de fondo

El proceso judicial entra ahora en una fase clave: la respuesta del Estado nacional y la eventual resolución de medidas cautelares. La Corte deberá evaluar si corresponde restituir fondos antes del fallo definitivo.

Las variables a seguir serán el alcance de la defensa del Gobierno, la posición de la Procuración y el eventual impacto de este caso en la relación fiscal entre Nación y provincias.

El conflicto ya está judicializado. Lo que resta definir es si se limita a un caso puntual o si reconfigura reglas más amplias sobre la gestión de recursos ambientales en Argentina.

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