AFIP intensifica fiscalizaciones y sale a buscar $400.000 millones

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) llevará a cabo desde este lunes una campaña de inducción presencial sobre más de 24.000 casos de fiscalizaciones en trámite, vinculados a contribuyentes con inconsistencias o deudas en el pago del Aporte Solidario Extraordinario, el cómputo de facturas apócrifas y tenencias del exterior detectadas por el intercambio automático de información. Se estima que el monto total investigado podría ser cercano a los $400.000 millones.

De esta forma, tras la reciente puesta en marcha del Nuevo Pacto Fiscal y la posibilidad de regularizar activos y deudas en condiciones muy beneficiosas, la AFIP analizará a los contribuyentes que deben adecuar su situación fiscal, para pedirles que se adhieran a alguna de las soluciones habilitadas por la ley.

La AFIP analizará a los contribuyentes que deben adecuar su situación fiscal, para pedirles que se adhieran a alguna de las soluciones habilitadas por la ley.

Cabe recordar que el Nuevo Pacto Fiscal permite saldar deudas con una condonación de hasta el 70% de los intereses y también regularizar activos con una tasa del 0% tanto para montos de hasta u$s100.000, como para fondos por encima de ese valor, si se destinan a la compra de títulos públicos, bonos, a inversiones de proyectos inmobiliarios, entre otras opciones.

Asimismo, el régimen Regularización de Obligaciones permite regularizar obligaciones vencidas al 31 de agosto de 2021 mediante un plan de facilidades de pago. El plan permite pagar la deuda, al contado o en hasta 84 cuotas, y obtener una condonación de intereses y multas.

Régimen de Regularización de Obligaciones de la AFIP

Obligaciones incluidas:

  • Los contribuyentes y responsables de obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social administradas por la AFIP pueden regularizar deudas vencidas hasta el 31 de marzo de 2024, multas y sanciones firmes por infracciones cometidas hasta esa fecha, así como intereses resarcitorios y punitorios.
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Exclusiones: No podrán acogerse al régimen de regularización:

  • Declarados en quiebra sin continuidad de explotación mientras dure la quiebra.
  • Condenados por delitos aduaneros, tributarios o comunes relacionados con el incumplimiento de obligaciones tributarias, con condena confirmada en segunda instancia antes del 9 de julio de 2024.
  • Personas jurídicas cuyos socios, administradores, o cargos equivalentes hayan sido condenados por delitos relacionados con el incumplimiento tributario antes del 9 de julio de 2024.
  • Agentes de retención y percepción procesados firmemente por apropiación indebida de tributos y recursos de seguridad social.

Plazo de adhesión

  • Desde el 17 de julio hasta el 13 de diciembre de 2024, ambos inclusive.

Requisitos para adherir:

  • Presentar las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas, ya sean originales o rectificativas, de las obligaciones a regularizar.
  • Declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta para el débito de cuotas, si se opta por planes de facilidades de pago.
  • Tener Domicilio Fiscal Electrónico.

Modalidades de adhesión:

  • Pago al contado: Hasta el 14 de octubre de 2024.
  • Planes de facilidades de pago de hasta 3 cuotas: Hasta el 14 de octubre de 2024.
  • Planes de facilidades de pago con más de 3 cuotas: Hasta el 13 de diciembre de 2024.

Procedimiento para adherir a los planes de facilidades de pago:

  • Ingresar al servicio con clave fiscal “Mis Facilidades”, opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”.
  • Convalidar, modificar, agregar o eliminar las obligaciones a regularizar.
  • Elegir el tipo de plan de facilidades de pago según el tipo de obligación.
  • Seleccionar la CBU a utilizar para el débito de cuotas.
  • Si se utilizan diferentes cuentas para los planes, coordinar previamente con la entidad bancaria.
  • Consolidar la deuda y, si corresponde, generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) para el pago a cuenta.
  • Si no se ingresa el pago a cuenta, generar un nuevo VEP para proceder con la cancelación.
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Confirmación

  • La cancelación del pago a cuenta generará automáticamente la presentación del plan de facilidades de pago, la cual será comunicada al contribuyente a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Si no se requiere un pago a cuenta, se procederá directamente con la presentación del plan.

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