Jueves 5 de noviembre de 2026 Posadas misiones
Dólar oficial $1.570
Dólar blue $1.560
Riesgo país 831
f X ig ▶

ARCA oficializó la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales a Pymes

Compartí esta noticia !

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este jueves la extensión hasta el 30 de junio de 2027 de la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares. Lo hizo horas después del anuncio del ministro de Economía, Luis Caputo, en la 32ª Conferencia Industrial de la UIA.

Luego de que el Ministerio de Economía ordenara al organismo fiscal la extensión del beneficio este miércoles, ahora ARCA formalizó la decisión a través de la Resolución General 5923/2026, publicada en el Boletín Oficial este jueves y vigente desde hoy mismo.

La norma reglamenta lo dispuesto por Economía en la Resolución 1899/2026, que prorrogó el plazo de aplicación de la medida y le encomendó a ARCA definir su alcance para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2) y para las personas humanas y sucesiones indivisas que revistan la condición de pequeños contribuyentes.

Quiénes están alcanzados

La medida extiende hasta mediados de 2027 la suspensión dispuesta originalmente por la Resolución General 5628 y sus complementarias, que ya cubría a las entidades sin fines de lucro y a los contribuyentes del sector salud.

Para las entidades sin fines de lucro, ARCA verificará que estén registradas ante el organismo, bajo alguna de las formas jurídicas previstas en esa norma, al 29 de octubre de 2026.

A ese grupo se suman, con requisitos específicos:

  • Micro, pequeñas y medianas empresas (Tramos 1 y 2): deben contar con el “Certificado MiPyME” vigente al 29 de octubre de 2026, obtenido según la Resolución 220/2019 de la ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, y tener la caracterización correspondiente en el “Sistema Registral”.
  • Pequeños contribuyentes: personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas en el “Sistema Registral” con el código “547 – Pequeño Contribuyente”, en los términos de la Resolución General 5321.

Qué queda afuera

La resolución hace una salvedad: la suspensión no impide que ARCA actúe en casos de “grave afectación de los intereses del Fisco, caducidad de instancia o prescripción inminente”.

Además, la norma no aborda la situación de las empresas que ya tienen sus cuentas embargadas. De acuerdo con datos del Observatorio Pyme, una de cada siete pymes industriales recibió embargos de ARCA.

La suspensión se originó a fines de 2024, cuando el Ministerio de Economía encomendó a ARCA frenar las ejecuciones fiscales y los embargos para entidades sin fines de lucro y el sector salud hasta el 31 de julio de 2025.

Desde entonces, el beneficio se prorrogó sucesivamente mediante las Resoluciones Generales 5736, 5806 y 5885, siempre a partir de resoluciones ministeriales. La medida actual fue anticipada por Caputo en la 32.ª Conferencia Industrial de la UIA.

En paralelo, se oficializó la ampliación del plan especial de facilidades de pago para MiPymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro que anunció esta semana el ministro de Economía, Luis Caputo, durante la Conferencia Industrial de la UIA.

A través de la Resolución General 5924/206, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo extendió el periodo de obligaciones que pueden regularizarse. Es así que pasará a cubrir obligaciones fiscales vencidas al 31 de octubre de 2026 en lugar del tope fijado al 30 de junio. Además, la adhesión podrá realizarse hasta el 30 de junio del próximo año, a través del servicio online “Mis Facilidades”.

La medida formaliza así el anuncio que Caputo realizó este martes ante empresarios industriales durante un evento de la UIA. “Les damos 18 meses de plazo para que tengan más holgura, porque entendemos que el costo financiero para las pymes es un problemón y no se va a solucionar en un mes o dos”, sostuvo el ministro.

Compartí esta noticia !

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías