ARCA obliga a digitalizar el manifiesto desconsolidado en importaciones por vía acuática

Aduana digitaliza y hace obligatoria la presentación del manifiesto desconsolidado de importación por vía acuática

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció que, a partir del quinto día hábil de su entrada en vigencia, los Agentes de Transporte Aduanero (ATA) desconsolidadores deberán presentar en formato digital, y de manera obligatoria, el manifiesto desconsolidado de importación para la vía acuática. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5744/2025, publicada este 14 de agosto en el Boletín Oficial, busca agilizar los procedimientos, reducir tiempos y aumentar la certeza operativa en la cadena logística internacional.

La decisión reemplaza a la Resolución General 4.915, que desde su implementación permitía la presentación digital del manifiesto de manera optativa. Ahora, la digitalización y transmisión a través de los aplicativos web “Gestión de Manifiesto Acuático” y “Ratificación de Autoría de Manifiesto Acuático” será obligatoria para todo ingreso por vía acuática.
El documento desconsolidado, formulario OM 744/2, deberá ser cargado en el Sistema Informático MALVINA (SIM) y enviado al servicio aduanero del lugar operativo dentro de un plazo máximo de cinco días posteriores al arribo del buque.

Una de las principales novedades es la automatización del proceso de aprobación. Una vez cargada la documentación y ratificada la autoría, el SIM transmitirá el manifiesto al servicio aduanero, que dispondrá de tres horas para aprobarlo o rechazarlo.
En caso de no emitirse respuesta en ese lapso, la aprobación se producirá de forma automática. La notificación al ATA se realizará mediante el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica (SICNEA).

La normativa asigna al ATA desconsolidador el carácter de depositario fiel de la documentación, obligándolo a conservarla por el tiempo establecido en la normativa vigente y a presentarla ante la ARCA en un plazo máximo de tres días hábiles si es requerida.
El incumplimiento puede implicar sanciones graves: desde sumarios disciplinarios hasta la aplicación de artículos del Código Penal y el Código Aduanero.

Modificaciones en procedimientos previos

La resolución también actualiza la Resolución General 5.110, precisando que el ATA deberá:

  1. Registrar el Manifiesto de Desconsolidación SIM con estado “REGISTRADO”.
  2. Cargar la documentación digitalizada en el aplicativo “Gestión de Manifiesto Acuático”.
  3. Ratificar la autoría mediante el aplicativo correspondiente, utilizando Clave Fiscal con el máximo nivel de seguridad y dispositivos como token u otros mecanismos determinados por la ARCA.
    Este proceso asegura que la autoría e integridad de la declaración aduanera quede confirmada por medios fehacientes.

En los considerandos, la ARCA destaca que la medida responde a un objetivo estructural: simplificar el comercio internacional y generar mayor certidumbre en las formalidades aduaneras, lo que a su vez facilita la operatoria de las empresas importadoras y operadores logísticos.
La presentación digital obligatoria reduce la dependencia de trámites presenciales, minimiza demoras y estandariza los tiempos de respuesta, algo especialmente relevante en un sector donde la sincronización es crítica para evitar costos por inmovilización de carga

Con la digitalización total y la automatización de la aprobación, el organismo proyecta una reducción significativa en los tiempos de liberación de carga, mayor trazabilidad documental y menor margen para errores formales.
El sector logístico y marítimo deberá ajustar sus procesos internos para cumplir con los plazos y formatos establecidos, dado que la aplicación será obligatoria a partir del quinto día hábil posterior a la publicación en el Boletín Oficial.

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