Aumenta el costo de un procedimiento clave para la operatividad de las Estaciones de Servicio

Desde ayer, se incrementó 40 por ciento el valor de la verificación periódica de surtidores que realiza el Instituto Nacional de Tecnología Industrial.
A través de la Disposición 2/2023 publicada en el Boletín Oficial, las verificaciones efectuadas por el INTI para los instrumentos correspondientes al Control de Medición de Surtidores de Combustibles Líquidos, incrementaron su costo.
Según establece el anexo de la normativa, la inspección hasta 12 mangueras programada por el organismo, tendrá un valor de $3100 por cada una, mientras que para los establecimientos que dispongan de mayor cantidad, el precio será de $3900. Asimismo, si la fecha de la auditoría es solicitada por el usuario, el importe correspondiente será de $ 4900.
La suba implica un aumento del 40 por ciento de las tarifas que fueron establecidas en el mes de agosto por la Disposición 5/2022.
El cobro de este arancel es cuestionado por los estacioneros, debido a que afirman que no tiene fundamentos jurídicos. No obstante propusieron como alternativa al sistema vigente que se integre con el control de calidad de combustibles -también realizado por INTI- y que el servicio sea financiado en su totalidad por medio de una tasa.

Resultado de las inspecciones
El INTI verificó en el año 2022 un total de 39 mil mangueras de combustible líquido en todo el país. Según revelaron fuentes del organismo, las irregularidades más habituales que se detectaron fueron: falta de concordancia con el modelo aprobado, falta de documentación legal respaldatoria y diferencias con los errores máximos tolerados.
“Se encuentran en un rango muy bajo respecto a los equipos que satisfacen los requisitos establecidos por la Ley”, expresaron.
Vale remarcar que entre otras cuestiones, los equipos técnicos analizan la idoneidad de las mangueras y que las bocas expendedoras realmente despachen la cantidad de litros de combustibles líquidos que indican los surtidores para garantizar la corrección y equidad en las transacciones comerciales.
En ese sentido, la diferencia no puede ser superior a 120 ml en 20 lts. (0,6 por ciento). En caso de detectarse una infracción a este margen de tolerancia se labra un acta y se la remite a la Secretaría de Energía de la Nación, que es quien debe aplicar las sanciones.
Al terminar la verificación y si está correcta, se colocan los precintos que identifican que la inspección fue exitosa y estampillas autodestruibles prenumeradas en el surtidor. Esta etiqueta es reemplazada todos los años.
Fuente: Redacción Surtidores.
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