BCRA: Cuáles son las transacciones que deberán informarse

Desde el viernes 21 de abril y por disposición del BCRA ciertas transacciones deberán avisarse con dos días de antelación. Cuáles son y a partir de qué monto.

Compartí esta noticia !

Desde el viernes 21 de abril y por disposición del BCRA ciertas transacciones deberán avisarse con dos días de antelación. Cuáles son y a partir de qué monto.

Desde el pasado viernes 21 de abril de 2023 y por disposición del Banco Central de la República Argentina (BCRA), comenzará a regir una nueva medida. La autoridad monetaria exige informar con anticipación los pagos superiores a este monto antes de acceder al dólar oficial en el Mercado Único y Libre de Cambios. La norma, junto con el debut de las nuevas disposiciones para la importación de servicios trabaron la operatoria

La misma insta a las entidades autorizadas a operar en dólares informar, con dos días de antelación, las operaciones en el mercado de cambio que superen los 10 mil dólares.

La norma se establece a través de la Comunicación “A” 7747 emitida por el Central, y busca mejorar la transparencia y el control en las operaciones en el merc ado de cambios.

Tras la medida que implementó el viernes pasado el Banco Central, para postergar pagos en dólares por un monto de USD 2.000 millones hasta fin de año que trabó la normal operatoria del mercado, la autoridad monetaria emitió el sábado otra norma que anticipa nuevas complicaciones para inicios de esta semana.

En el texto, la autoridad monetaria detalló además que “los tipos de pase a ser aplicados para la conversión de otras monedas extranjeras a dólares estadounidenses serán informados diariamente por la Mesa de Operaciones del Banco Central”.

La disposición del organismo aplica a todas las operaciones que impliquen egresos por el mercado de cambios, incluyendo aquellas que se realicen a través de canjes o arbitrajes, solicitudes de clientes u operaciones propias de la entidad. Esto aplica a operaciones cuyo acceso al mercado de cambios sea igual o superior a los US$ 10.000 diarios, ya sea por una o varias operaciones, correspondientes a los tres días hábiles contados a partir del primer día informado.

Te puede Interesar  En 142°Aniversario de San Pedro el Vicegobernador destacó la paz social y el objetivo común del bienestar de los misioneros

El Central estableció que las entidades autorizadas a operar en el mercado cambiario deberán remitir con anticipación la información sobre las operaciones, propias o de clientes, que impliquen compras a partir de de ese monto, en una o varias operaciones, correspondientes a los tres días hábiles contados a partir del primer día informado.

“El vencimiento para la presentación operará a las 18:00 de cada jornada. El presente requerimiento no deberá remitirse en el caso en que no existan operaciones previstas en ninguno de los 3 días hábiles incluidos en el reporte”, indicó la entidad, a través de la comunicación “A” 7747.

Adicionalmente, la entidad informó que los tipos de pase a ser aplicados para la conversión de otras monedas extranjeras a dólares estadounidenses serán informados diariamente por la Mesa de Operaciones del Banco Central. Esto busca asegurar que las entidades autorizadas cuenten con la información actualizada para llevar a cabo las operaciones en el mercado de cambio de manera transparente y dentro de las regulaciones establecidas.

El Banco Central frenó la venta de dólares y acentuó la escalada de la cotización

About The Author

Compartí esta noticia !

Categorías

Solverwp- WordPress Theme and Plugin