Blanqueo: el Banco Central flexibiliza controles sobre transferencias en dólares
Se eliminaron algunas disposiciones para operar en moneda extranjera, como la imposibilidad de transferir dólares a cuentas con una antigüedad menor a 180 días
En el marco del plan de “Regularización de Activos” lanzado por el Gobierno y comúnmente conocido como blanqueo. El Banco Central decidió derogar una normativa que permitía a las entidades financieras rechazar transferencias en moneda extranjera, basándose únicamente en la sospecha de una posible violación a las normas cambiarias del país.
La Comunicación “A” 8090 del organismo a cargo de Santiago Bausilli fijó las regulaciones específicas para las Cuentas Especiales de Regularización de Activos (CERA), establecidas en el marco del proceso de blanqueo de capitales o regularización de activos no declarados con la que el Gobierno busca aumentar la entrada de divisas y estabilizar un tanto las cuentas públicas, que si bien ostentan signos de saneamiento, enfrentan desafíos serios en distintos frentes. El propósito de la derogación es claramente simplificar y facilitar estas transacciones.
Y es que fuentes del mercado ven complicado el futuro del Gobierno que cuenta con los dólares del blanqueo para capear dificultades con un riesgo país en 1.550 pbs y un BCRA que dejó comprar dólares, la caída en las reservas acumuladas en lo que va del tercer trimestre supera la cantidad acordada para todo el trimestre con el FMI. Incumpliendo, por supuesto, las metas.
Así es que una de las normativas que se eliminó permitía a las entidades bancarias rechazar una transferencia en moneda extranjera si existía la mera sospecha de que dicha transacción podría estar vinculada a un incumplimiento de la regulación sobre la compra de moneda extranjera por parte de residentes con la intención de formar activos en el exterior. En tales casos, el banco solo estaba obligado a informar al cliente afectado sobre el “motivo del rechazo“.
Pero el BCRA eliminó también ciertas disposiciones relacionadas con el principio de “conozca a su cliente”, el cual exige a los bancos identificar y monitorear los movimientos de cada depositante para detectar posibles operaciones de lavado de dinero. Como resultado, dejó de estar vigente una sección de la normativa que obligaba a los bancos a tomar “recaudos especiales” antes de realizar una transferencia, con el fin de continuar minimizando el riesgo. Estas medidas incluían restricciones para cuentas de destino que no tuvieran una antigüedad mayor a 180 días o que no hubieran registrado movimientos en los 180 días previos a la transferencia.
Los puntos clave de la Comunicación
- Múltiples acreditaciones: se permite depositar dinero en las CERAS en varias ocasiones, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos.
- Documentación: las entidades financieras deben conservar registros detallados de todos los depósitos realizados en estas cuentas.
- Fondos congelados: los fondos depositados no pueden ser retirados hasta una fecha determinada (en este caso, el 30/09/24), según lo establecido por el Decreto 608/24 y la AFIP.
Transferencias limitadas
Hasta u$s100.000: si el monto total es menor a esta cantidad, se requiere una declaración jurada indicando que el dinero será utilizado en operaciones específicas y antes de una fecha límite. Asimismo, podrán transferirse a cuentas comitentes para utilizarse en las inversiones permitidas, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se informe a la AFIP.
- Retenciones: Pueden aplicarse retenciones impositivas a las transferencias, según lo determine la AFIP.
- Venta de dólares: se permite vender la moneda extranjera depositada para pagar impuestos.
- Información a la AFIP: las entidades financieras deberán informar a la AFIP sobre todos los movimientos en estas cuentas.
- No se Admiten Débitos en Efectivo: los retiros de dinero de estas cuentas deben realizarse mediante transferencias bancarias.
Cabe destacar que el Gobierno diseñó este blanqueo con un enfoque especial en aquellos que buscan regularizar montos menores a u$s100.000, principalmente en efectivo.
Esta decisión llega en un momento crítico, ya que Argentina enfrenta el riesgo de ser incluida nuevamente en la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Y es que muchas voces alertan por estas horas que el país podría ingresar, una vez más, en la “lista gris” de ese organismo por fallas en el cumplimiento de las recomendaciones internacionales en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo (PLA/FT).
Cabe destacar que Argentina ya hizo parte de esa lista, donde actualmente figuran países como Venezuela, Croacia, Bulgaria, Burkina Faso, Camerún, República Democrática del Congo, Haití, Namibia, Nigeria, Senegal, Siria, Vietnam, Yemen, y el principado de Mónaco, debido a la falta de cooperación en la lucha contra el lavado de dinero relacionado con actividades ilícitas.
De esta manera, el Banco Central estableció un marco regulatorio específico para las CERAS, con el objetivo de garantizar que los fondos depositados sean utilizados de acuerdo con las normas establecidas y que se informe a las autoridades competentes sobre todos los movimientos. Aunque esto pueda significar poner en alerta a la GAFI.