Empresarios y Gobierno beneficiados por la Corte Suprema

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Empresarios de distintos sectores coincidieron con la decisión de la Corte Suprema que puso limites a la forma de calcular intereses indemnizatorios.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que puso un límite a la manera de calcular los intereses que se aplican en una indemnización por despido, fue bien recibido por empresarios que expresaron total coincidencia con lo dispuesto por el máximo tribunal del país y se señaló que “es el camino” para empezar a dar impulso a la generación de empleo.

El fallo dictado por la Corte está en línea con lo que ya habían reclamado varias cámaras empresariales y que Javier Milei gobierno contemplaba en sus baterías de reformas laborales.

En ese orden la Unión Industrial Argentina (UIA), IDEA, el Colegio de Abogados y la C ámara Argentina de Comercio habían hecho una presentación ante la Corte Suprema con ejemplos de las distorsiones que implicaba la capitalización de intereses, que se agrava según la duración del juicio.

Por aquellos días se hablaba y sigue siendo así, los juicios laborales tienden a ser largo, las indemnizaciones derivadas de esas acciones abultadísimas con tasas de interés en muchos casos superiores, no solo a la rentabilidad de la empresa empleadora, sino a la de la economía en su conjunto, lo que suele derivar en golpes letales a la solvencia de esas compañías. Hasta acá nada que no sepamos.Empresarios: Daniel Funes de Rioja

El presidente de la UIA, opinó que se trata de un fallo muy importante, dado que hay un cúmulo de causas esperando la definición sobre este caso ejemplo para tomar la misma línea que se acaba de adoptar.

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“Claramente, la Corte descalifica lo que el propio Código Civil descalifica, que no es otra cosa que el anatocismo, es decir, el pago de intereses sobre intereses”, señaló el empresario al portal de noticias, La Nación

“Estas indemnizaciones destruyen a las empresas y a la posibilidad de generar empleo. Las compañías no toman gente porque tienen miedo a contratar, y tienen miedo a contratar, por las consecuencias que acarrean los litigios”, remató.

Por su parte, Mario Grinman, presidente de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), expresó que se trata de un fallo muy bueno, que contiene mucho sentido común.

“Nosotros, en julio del año pasado, hicimos una presentación ante la Cámara del Trabajo y también ante la Corte señalando que esto era algo incumplible, que no se podía sostener y que iba a afectar tremendamente a cualquier empresa que tuviera una situación similar”, subrayó el directivo.Sentido común

“Ahora, este fallo de la Corte trae sentido común y tranquilidad al sector empresario, porque una indemnización que en el año 2022 era de $2 millones, con la aplicación del famoso anatocismo llegaba a $160 millones, y eso significaba la quiebra de cualquier empresa”, indicó.

Javier Madanes Quintanilla, dueño y CEO de FATE y presidente de Aluar, comentó que se trata de un tema muy puntual de la Ciudad de Buenos Aires, donde la fórmula que se aplicaba era “espantosa”. Se armaba un interés compuesto sobre la base de un interés exorbitante inicial y terminaba dando una cifra absolutamente alocada.

“Hay que ver este fallo hasta donde sienta una jurisprudencia general. Se supone que sí lo hará porque es un fallo de la Corte. Después debiera ser de alguna manera tenido en cuenta”, destacó el empresario.

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Otro sector fuertemente relacionado con el tema como la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) expresó su conformidad con el fallo de la Corte. Al comunicar que:

“Desde UART, Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, consideramos que este fallo contribuye a ordenar las actualizaciones judiciales, encaminándolas hacia un carril de razonabilidad”.

De más esta decir que la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), coincidió con el fallo: Está en el mismo sentido de lo que habíamos pedido en su momento a la Cámara de Apelaciones del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires y la Corte. Entendemos que no puede ser que, cada vez que hay una resolución de un litigio laboral, suceda lo que venía pasando con los intereses, que era directamente confiscatorio Está en el mismo sentido de lo que habíamos pedido en su momento a la Cámara de Apelaciones del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires y la Corte. Entendemos que no puede ser que, cada vez que hay una resoluc ión de un litigio laboral, suceda lo que venía pasando con los intereses, que era directamente confiscatorio

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