Javier Milei reenciende la “maquinita” del Banco Central por compromisos asumidos
Javier Milei firmó el Decreto 56/2023 para autorizar la emisión de 2 billones de pesos. Apunta a afrontar obligaciones financieras inmediatas y garantizar los pagos.
En una medida que en contra de sus postulados económicos pero que había adelantado a fines de noviembre la ahora Canciller Diana Mondino para atender “compromisos asumidos“, el presidente Javier Milei decretó la emisión de unos 2 billones de pesos.
Según el Decreto 56/2023 publicado este lunes (18/22) en el Boletín Oficial, se autorizó a emitir hasta 2 billones de pesos para afrontar obligaciones financieras inmediatas y garantizar los pagos.
El decreto permite al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera emitir instrumentos de deuda pública por el monto mencionado.
El destino de esa emisión será cubrir emisiones de deuda con vencimientos en 2024, con plazos de amortización inferiores a 90 días. Esta medida es una respuesta a las necesidades financieras a corto plazo del país y refleja una estrategia de manejo de deuda enfocada en la sostenibilidad.
Además, el decreto incrementa en 1 billón de pesos el monto autorizado para operaciones de crédito público con un plazo mínimo de amortización de 90 días, según lo estipulado en la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Los fondos están destinados a beneficiarios por varias leyes. Se trata de los beneficios a las personas que hubieran sido puestas a disposición del PEN (Poder Ejecutivo Nacional) durante la vigencia del estado de sitio, o siendo civiles hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares; familiares de desaparecidos; causahabientes de las personas que fallecieron entre el 9 y el 12 de junio de 1956, a consecuencia de la represión del levantamiento cívico militar de esas jornadas; damnificados por el atentado ocurrido en la Embajada de Israel; reparaciones a víctimas del atentado a la AMIA; indemnizaciones para quienes se encuentren reclamando judicialmente los daños y perjuicios ocasionados el 3 y 24 de noviembre de 1995 en la Fábrica Militar Río Tercero.
El 22 de noviembre, Diana Mondino, actual Canciller del gobierno de Javier Milei, aseguró que la emisión monetaria para financiar al tesoro “no se puede cortar en un sólo día” y anticipó que seguirá utilizándose para cumplir con los compromisos asumidos por el Gobierno saliente.
“Vamos a tratar de cortar (la emisión), pero no se puede cortar en un solo día. Simplemente fíjate los compromisos que ha asumido el Gobierno en este momento, es muchísimo. Para eso se necesita la financiación”, dijo Mondino en un contacto con la prensa a la salida del Hotel Libertador.
El Decreto:
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a emitir Instrumentos de Deuda Pública por hasta un valor efectivo de colocación de PESOS DOS BILLONES ($2.000.000.000.000) para afrontar las emisiones que se realicen durante el corriente ejercicio, cuyo vencimiento se produzca en el año 2024 y su plazo de amortización sea inferior a NOVENTA (90) días, de acuerdo a las condiciones financieras que el citado Órgano determine.
ARTÍCULO 2°.- Increméntase en la suma de PESOS UN BILLÓN ($1.000.000.000.000) el monto autorizado en la planilla anexa al artículo 37 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 para Operaciones de Crédito Público con Plazo Mínimo de Amortización de NOVENTA (90) días.
ARTÍCULO 3°.- Increméntase en la suma de PESOS CUATRO MIL MILLONES ($4.000.000.000) el monto autorizado en la PLANILLA ANEXA al artículo 45 de la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, con la adecuación dispuesta por el artículo 8º del Decreto N° 436/23, para atender los beneficios reconocidos por las Leyes Nros. 24.043, 24.411, 25.192, 26.690, 27.139 y 27.179.
ARTÍCULO 4°- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI – Nicolás Posse – Guillermo Francos – Diana Mondino – Luis Petri – Luis Andres Caputo – Patricia Bullrich – Mario Antonio Russo – Mariano Cúneo Libarona – Guillermo José Ferraro – Sandra Pettovello