La IGJ digitaliza las notificaciones y establece un nuevo régimen para sociedades y asociaciones
La Inspección General de Justicia reemplazó parte de su régimen de notificaciones para consolidar la gestión digital de los trámites. La resolución obliga a constituir domicilio electrónico mediante la CUIT y establece nuevas modalidades de comunicación para actos administrativos, con impacto sobre empresas, asociaciones civiles y fundaciones.
|
Getting your Trinity Audio player ready...
|
La Inspección General de Justicia (IGJ) profundizó su proceso de modernización administrativa con la publicación de la Resolución General 10/2026, que introduce un nuevo esquema de notificaciones electrónicas para todos los trámites que se sustancien ante el organismo. La medida, que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, busca simplificar los procedimientos, fortalecer la seguridad jurídica y consolidar la digitalización de la relación entre el Estado y las personas jurídicas.
La norma modifica el régimen establecido por la Resolución General 15/2024 y complementa el proceso iniciado este año con la emisión digital y firma electrónica de las resoluciones particulares del Inspector General. En los hechos, la reforma adapta el sistema de notificaciones a un esquema plenamente electrónico, alineado con las disposiciones de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su decreto reglamentario.
Uno de los principales cambios establece que toda persona o entidad que inicie un trámite ante la IGJ deberá constituir obligatoriamente un domicilio electrónico mediante la declaración de la CUIT asociada a la plataforma digital habilitada por el organismo. Además, será obligatorio informar una dirección de correo electrónico que funcionará como vía supletoria cuando la notificación principal no pueda concretarse por razones ajenas a la administración.
La resolución también redefine las modalidades válidas de notificación. Como regla general, los actos administrativos serán comunicados a través de la plataforma electrónica vinculada a la CUIT declarada. En caso de imposibilidad técnica, la IGJ podrá recurrir al correo electrónico informado por el administrado, cuya notificación se considerará perfeccionada transcurridas 24 horas desde su emisión, salvo constancia de recepción negativa.
El nuevo esquema mantiene la posibilidad de utilizar cédulas, notificaciones personales o cartas documento en aquellos casos que, por su naturaleza o por involucrar personas sin domicilio electrónico constituido, requieran procedimientos tradicionales. Asimismo, las observaciones formuladas en expedientes continuarán notificándose de manera automática a través de la Mesa de Entradas física o virtual, debiendo ser respondidas dentro del plazo de veinte días hábiles para evitar el archivo de las actuaciones.
La reglamentación también unifica los requisitos mínimos que deberán contener todas las notificaciones, incluyendo la identificación del destinatario, número de expediente, detalle de la documentación adjunta, fecha y firma del acto administrativo, procurando homogeneizar los procedimientos internos y reducir eventuales conflictos procesales.
Desde el punto de vista institucional, la decisión representa un nuevo paso en la estrategia de transformación digital impulsada por la IGJ, que viene reemplazando progresivamente la documentación en soporte papel por expedientes electrónicos y resoluciones firmadas digitalmente. El organismo sostiene que la reforma evita duplicaciones normativas, ya que remite directamente al régimen general previsto en el Decreto 1759/72 respecto del perfeccionamiento de las notificaciones y el cómputo de plazos administrativos.
Para las sociedades comerciales, asociaciones civiles, fundaciones y demás entidades sujetas al control registral de la IGJ, el cambio implica la necesidad de mantener actualizados sus datos electrónicos y monitorear regularmente la plataforma oficial, ya que las notificaciones digitales producirán plenos efectos jurídicos y darán inicio a los plazos procesales correspondientes.
La medida se inscribe en una tendencia cada vez más extendida dentro de la administración pública nacional, orientada a reducir tiempos administrativos, disminuir costos operativos y fortalecer la trazabilidad de los actos estatales mediante herramientas digitales.
.
