Nación agilizó cambios en recorridos y frecuencias del transporte público
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La Secretaría de Transporte de la Nación aprobó un nuevo procedimiento para modificar los parámetros operativos de los servicios de transporte automotor de pasajeros urbanos y suburbanos de jurisdicción nacional, con el objetivo de reducir los tiempos de tramitación y dotar al sistema de mayor capacidad de respuesta frente a cambios en la demanda, problemas de tránsito, situaciones de seguridad vial y otras contingencias.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 55/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y reemplaza un esquema que permanecía vigente desde 2018. La nueva normativa deroga las resoluciones 97/1996 y 137/2018 y adapta el régimen al marco establecido por el Decreto 830/2024, que redefinió las reglas para los servicios urbanos y suburbanos de jurisdicción nacional.
El cambio tiene una consecuencia concreta para la gestión cotidiana del transporte: las modificaciones sobre recorridos, frecuencias, parque móvil y otras condiciones de prestación podrán tramitarse mediante un procedimiento más flexible, especialmente cuando se trate de alteraciones de menor impacto o de situaciones que requieran una respuesta rápida de la autoridad.
Hasta ahora, el procedimiento contemplado por la Resolución 137/2018 incluía instancias de publicidad mediante edictos, períodos de observación y otras formalidades que, según reconoció la propia Secretaría de Transporte, podían extender durante largos períodos la resolución definitiva de una solicitud. El diagnóstico oficial es que ese esquema perdió capacidad de respuesta frente a la dinámica actual del sistema.
La nueva regulación busca atacar precisamente ese cuello de botella administrativo. La lógica es que una modificación operativa que permita sostener o mejorar un servicio no debería quedar paralizada durante meses por un procedimiento diseñado para un escenario regulatorio diferente. En ese sentido, la reforma incorpora como principios rectores la eficiencia, la flexibilidad operativa, la digitalización y la simplificación administrativa.
El punto adquiere relevancia porque los parámetros operativos son los que determinan buena parte de cómo funciona una línea en la práctica. Allí se incluyen las cabeceras, los recorridos troncales y ramales, las frecuencias máximas y mínimas, el parque móvil destinado al servicio y otras características que la autoridad considere necesarias para definir la prestación.
La normativa también contempla la coexistencia de distintas modalidades de servicio. Los servicios comunes de línea constituyen la prestación obligatoria de las empresas permisionarias, mientras que los servicios diferenciales y expresos pueden funcionar como alternativas complementarias bajo determinadas condiciones. Los expresos, por ejemplo, permiten reducir tiempos de viaje mediante la supresión de paradas y, eventualmente, el uso de recorridos alternativos, aunque las paradas deben mantenerse sobre la traza autorizada.
El nuevo procedimiento procura, además, resolver un problema particularmente visible en las ciudades: la distancia entre la planificación formal de una línea y las necesidades que aparecen en la calle. Obras, cortes, cambios en el tránsito, eventos extraordinarios, problemas de seguridad vial o modificaciones coyunturales en la demanda pueden volver inadecuado un esquema operativo que fue aprobado bajo circunstancias diferentes.
Desde una perspectiva de política pública, la reforma busca que la regulación acompañe esas transformaciones en lugar de convertirse en una barrera para resolverlas. La solución planteada no consiste en eliminar el control estatal sobre los servicios, sino en acortar los circuitos administrativos para que la autoridad pueda modificar las condiciones de prestación cuando exista una justificación operativa.
El nuevo esquema se inserta en la transformación regulatoria iniciada con el Decreto 830/2024 y continuada con la Resolución 57/2024, que estableció nuevas normas para los servicios de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional y unificó los registros existentes en el Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros.
La reforma también mantiene un espacio de coordinación entre Nación, provincias y municipios en las denominadas Unidades Administrativas, que comprenden regiones donde los servicios interprovinciales urbanos y suburbanos atraviesan jurisdicciones diferentes. Ese mecanismo busca preservar la participación de las autoridades locales aun dentro de un esquema nacional de regulación.
Para los usuarios, el efecto esperado no es necesariamente un cambio inmediato en las tarifas, sino una mayor capacidad del sistema para ajustar su oferta cuando las condiciones de movilidad se modifican. Una frecuencia insuficiente, un recorrido que dejó de responder a los patrones de desplazamiento o una traza afectada por una obra pueden requerir decisiones operativas antes de que se produzcan consecuencias mayores sobre los tiempos de viaje y la calidad del servicio.
El desafío será que la simplificación administrativa se traduzca efectivamente en mejores prestaciones y no solamente en trámites más rápidos. La mayor flexibilidad también exige controles, información y criterios técnicos que permitan evaluar si una modificación mejora la cobertura, reduce tiempos de viaje, evita superposiciones o responde realmente a una necesidad de los usuarios.
La Resolución 55/2026 entra en vigencia desde su publicación y establece así una nueva hoja de ruta para modificar los servicios de transporte público automotor urbano y suburbano de jurisdicción nacional. El objetivo declarado es sencillo: que la regulación pueda reaccionar con mayor velocidad frente a una red de movilidad que cambia mucho más rápido que los expedientes administrativos.
