Milei eliminó el Observatorio de Educación Vial y trasladó la jornada “Educar en Igualdad” a las provincias
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El Gobierno eliminó organismos educativos por superposición de funciones y baja operatividad. Por decreto, se disolvió el Observatorio de Educación Vial y se excluyó al Ejecutivo de la jornada “Educar en Igualdad”. El Poder Ejecutivo justificó la medida en criterios de eficiencia administrativa y reducción del gasto público.
El presidente Javier Milei firmó el Decreto 436/2025, mediante el cual dispuso la derogación de artículos clave de las leyes 27.214 y 27.234, que establecían obligaciones del Estado nacional en materia de educación vial y prevención de la violencia de género. La medida se enmarca en las facultades delegadas por la Ley de Bases 27.742, que habilita al Ejecutivo a suprimir organismos y funciones consideradas innecesarias para mejorar la eficiencia del Estado.
En concreto, el decreto elimina el Observatorio de la Educación Vial, creado en 2015, y libera al Gobierno nacional de organizar la jornada “Educar en Igualdad” en los establecimientos educativos de todo el país, trasladando de facto la responsabilidad plena a las provincias.
Qué cambia con el decreto: funciones eliminadas y fundamentos
El artículo 1 del decreto deroga la obligación del Ejecutivo nacional de realizar al menos una vez por ciclo lectivo la jornada “Educar en Igualdad”, prevista en la Ley 27.234, argumentando que la educación es competencia provincial y que el Estado nacional no gestiona directamente los servicios educativos desde la sanción de la Ley 24.049.
El artículo 2 elimina los artículos 5° y 6° de la Ley 27.214, que daban origen al Observatorio de Educación Vial en el entonces Ministerio de Educación. Si bien el organismo tenía como finalidad diseñar estrategias educativas en seguridad vial y recolectar datos sobre siniestralidad, nunca llegó a funcionar desde su creación.
Según los fundamentos del decreto, la coexistencia entre el Observatorio y el Consejo Federal de Seguridad Vial —este último sí operativo y con representación federal— generaba una “superposición de funciones”, lo que contradecía los principios de eficiencia administrativa y racionalidad presupuestaria.
La decisión se ampara en las facultades otorgadas por la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (Ley 27.742), que declaró la emergencia pública en múltiples materias y facultó al Ejecutivo a reorganizar, modificar o eliminar estructuras estatales innecesarias. El artículo 3° de esa norma permite suprimir organismos creados por ley cuando sus competencias no resulten esenciales para los fines del Estado nacional.
En este caso, el Gobierno argumenta que ambas funciones —la jornada educativa contra la violencia de género y el Observatorio de Educación Vial— podían ser desempeñadas a nivel jurisdiccional o por organismos ya existentes, y que mantenerlas implicaría una duplicación de recursos en un contexto de ajuste fiscal.
Con esta decisión, la administración Milei profundiza su agenda de reducción del gasto público y reorganización estatal, bajo una lógica de delegación de funciones a las provincias. En el plano educativo, refuerza la descentralización iniciada en los años noventa, reafirmando que el diseño e implementación de políticas pedagógicas corresponde a las jurisdicciones.
Sin embargo, el recorte también abre interrogantes sobre la capacidad real de las provincias para sostener iniciativas educativas clave, como las jornadas contra la violencia de género o la formación en seguridad vial, sin respaldo operativo del Estado nacional.
