Argentina reglamenta la Ley de Refugiados: plazos más cortos y mayores garantías para solicitantes de asilo

El Gobierno aprueba la reglamentación integral de la Ley de Refugiados: más celeridad, garantías y coordinación institucional

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El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto 646/2025 publicado en el Boletín Oficial, aprobó la Reglamentación de la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado Nº 26.165, una norma clave que actualiza y operacionaliza el marco jurídico argentino en materia de asilo y refugio. La medida apunta a garantizar procedimientos más ágiles, reforzar la seguridad jurídica y adecuar la actuación de la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) a estándares internacionales.

Con esta decisión, la Argentina busca consolidar su histórica tradición de asilo humanitario, agilizando los trámites y fortaleciendo los derechos de solicitantes y refugiados, en un contexto global de crecientes desplazamientos forzados.

Antecedentes y motivación de la medida

La Ley 26.165, sancionada en 2006, ya había alineado el sistema argentino con la Convención de Ginebra de 1951 y el Protocolo de Nueva York de 1967, ambos ratificados por el país. Sin embargo, la ausencia de una reglamentación integral provocaba demoras administrativas, falta de criterios uniformes y vacíos procedimentales que afectaban tanto a los solicitantes como a la administración pública.

El propio decreto destaca que la reglamentación era indispensable para garantizar el plazo razonable de resolución de solicitudes, asegurar la transparencia y cumplir con el principio de no devolución (non-refoulement), reconocido como pilar del derecho internacional.

La iniciativa también recoge doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que advirtió en el fallo Fallos: 344:3011 que la falta de reglamentación torna “ilusoria” la supremacía constitucional.

Principales disposiciones

El Anexo reglamentario aprobado establece una batería de procedimientos y derechos específicos:

  • Plazos estrictos para decisiones: la CONARE deberá pronunciarse sobre la viabilidad de una solicitud de refugio en un máximo de 10 días (72 horas si el pedido se presenta en frontera).
  • Unidad familiar: se reconoce por extensión el estatuto de refugiado a cónyuges, convivientes, ascendientes, descendientes, hermanos dependientes y menores o incapaces bajo cuidado del solicitante.
  • Principio de no devolución: se refuerza la prohibición de expulsar a personas hacia países donde puedan sufrir persecución, incluyendo el reconocimiento de estatutos de refugiado otorgados por terceros Estados.
  • Educación y títulos: refugiados estudiantes tendrán trato preferencial para el acceso al sistema educativo y la validación de títulos universitarios extranjeros, incluso sin acuerdos bilaterales previos.
  • Certificado provisorio de permanencia: quienes soliciten refugio recibirán un documento habilitante por 90 días, renovable automáticamente mientras dure el trámite, que permite trabajar, estudiar y acceder a salud y seguridad social.
  • Procedimiento sumario y ordinario: se crea un esquema doble para diferenciar solicitudes manifiestamente fundadas (resolución rápida) de aquellas que requieren mayor análisis.
  • Extradición y cancelación: la reglamentación fija protocolos específicos para pedidos internacionales de extradición y para la cancelación del estatus en caso de fraude o falsedad.

Actores institucionales y fundamentos

La implementación queda bajo la órbita de la CONARE, dependiente de la Vicejefatura de Gabinete del Interior, que actuará en coordinación con la Dirección Nacional de Migraciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Capital Humano (educación y asistencia social).

El decreto lleva la firma del presidente Javier Milei, el ministro del Interior Guillermo Francos y el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, quienes remarcaron que la medida no implica gastos adicionales y busca dar “eficacia plena a los derechos reconocidos en la ley”.

La reglamentación tiene implicancias directas en tres niveles:

  1. Humanitario: acelera la protección a personas perseguidas por motivos políticos, religiosos, étnicos o de violencia generalizada.
  2. Jurídico-institucional: brinda mayor certeza a solicitantes, abogados defensores y organismos estatales al establecer plazos y procedimientos uniformes.
  3. Político-internacional: posiciona a la Argentina como un país con estándares elevados en materia de refugio, en línea con las recomendaciones de ACNUR.

A futuro, se prevé que la CONARE publique estadísticas anuales, diseñe planes de contingencia para flujos masivos de desplazados y articule programas de repatriación voluntaria y reasentamiento en cooperación con agencias internacionales.

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