¿De quién es la energía?
Últimamente se habla y escribe mucho de la ventaja que obtuvo Misiones en las negociaciones con la Entidad Binacional Yacyretá y que según una ley nacional, le corresponde el 12% de las regalías. Esto se contrapone con un fallo de la Corte Suprema de Justicia que certifica que todos los recursos naturales de una provincia pertenecen a la misma. De modo que todas aquellos decretos leyes y reglamentaciones que de alguna manera coarten las intenciones del Fallo de la Corte Suprema, en un juicio irremediablemente tienden a perder, primando siempre la potestad de las provincias a decidir sobre sus recursos naturales, de modo que el art. 35 de la ley 24065 del decreto 1992 que dispuso la creación de CAMMESA sobre la base del Despacho Nacional de Cargas que le otorga la coordinación de las operaciones de despacho, la responsabilidad por el establecimiento de los precios mayoristas y la administración de las transacciones económicas que se realizan a través del SIN, pueden ser objetados.
CAMMESA es una empresa de gestión privada con propósito público Su paquete accionario es propiedad de los Agentes del Mercado Mayorista Eléctrico en un 80%. El 20% restante está en poder del ministerio público que asume la representación del interés general y de los usuarios cautivos. El 80% señalado se integra en partes iguales por los Agentes Generadores, Transportistas, Distribuidores y Grandes Usuarios con un 20% de participación cada uno.
Además del objeto principal del despacho técnico y económico del SIN, organizando el abastecimiento de la demanda al mínimo costo compatible con el volumen y la calidad de la oferta energética disponible, CAMMESA ha sido concebida para realizar las siguientes funciones de propósito público:
- Ejecutar el despacho económico para aportar economía y racionalidad en la administración del recurso energético.
- Coordinar la operación centralizada del SIN para garantizar seguridad y calidad.
- Administrar el MEM asegurando trasparencia por medio de la participación de todos los agentes involucrados y el respeto a las reglamentaciones respectivas.
La racionalidad en la ejecución y coordinación del despacho apunta a que los precios mayoristas en el mercado spot se determinen en base al costo marginal de producción y transporte del sistema, y que se maximice al mismo tiempo la seguridad y calidad del suministro.
Toda una serie de privilegios que se le da a los integrantes del consorcio para que manejen la energía que guarda similitud con las implicancias del Caso Odebrech, donde de antemano, se digitan las condiciones de las licitaciones y quienes serán los favorecidos.
Esto es corrupción y el diputado nacional por Santa Fe Luis Contigiani presentó un proyecto para modificar la ley 25,188, más conocida como “ley de ética de la función pública”. Y los cambios substanciales pinchan directo dos talones de Aquiles del gobierno de Mauricio Macri: sus funcionarios involucrados en fuga de capitales hacía paraísos fiscales y el origen de otros que, ya en desempeño de un cargo público, exponen un conflicto de intereses que hasta ahora es tolerado porque la normativa no lo prohíbe ni lo sanciona.
Esta propuesta según Contigiani, es inédita e impacta de lleno en un asunto que el gobierno no lo justifica, o lo hace peor, como cuando el Jefe de Gabinete Marcos Peña, minimizó el conflicto de intereses que generan algunos funcionarios. En junio de 2016, la oficina Anticorrupción trabajaba sobre la lista de 22 casos de supuesta incompatibilidad de funciones que incluía al ministro de Hacienda de entonces, Alfonso Prat-Gay, como director de una consultora asesora de empresas y el ex ministro de Energía, José Aranguren, ex CEO de Shell Argentina y accionista de su casa matriz Royal Dutch Shell. Por aquellos días se supo que Shell había ganado siete de ocho licitaciones de barcos de gas oil adjudicadas por la administradora estatal del mercado eléctrico mayorista CAMMESA y 5 concursos de precios entre nueve lanzados por Enarsa para proveer de gas líquido. Otros ejemplos:, el secretario de Coordinación de la Jefatura de Gabinete, Mario Quintana, ex CEO de Farmacity, compró dólares a futuro en el Mercado a Término de Rosario (Rofex) con él ya en el cargo y los titulares de la Unidad de Información Financiera, Mariano Federici y María Telerico, señalados de haber asesorado como abogados a firmas acusadas de lavado de dinero. Así se cuecen las Habas del negociado!
Volviendo al título del artículo ¿DE QUIEN ES LA ENERGÍA?, es nuestra, avalada por un fallo incontrastable de la Corte Suprema de Justicia que otorga a las mismas sus recursos naturales.
Como un gran logro, el ministro de Energía de Misiones, Sergio Lanziani, pudo ser autorizado a cubrir en especie la deuda con Cammesa, o sea cobrar las regalías de Yacyretá en energía y no en pesos, lo que según el Ministro son unos 40 millones de dólares anuales a valores constantes. Ese valor se refleja en la disminución del 30% en la factura que Electricidad de Misiones S.A. (EMSA) paga a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico, CAMMESA.
Esta semana, el Ministerio de Hacienda autorizó el ingreso de la empresa EMSA en calidad de “provincia comercializadora de regalías en especie” del mercado mayorista. En febrero de 2017, el entonces Ministerio de Energía, a cargo de Juan José Aranguren, accedió a uno de los pedidos de Misiones para potenciar los recursos recibidos por las regalías de la represa de Yacyretá. Hasta ese momento, las provincias recibían las regalías en dinero, pagado en el tiempo en que la entidad consideraba, y Misiones pidió recibir ese porcentaje en energía para decidir su utilización.
¡Parece mentira, nadie pidió aplicar el fallo inapelable de la Corte Suprema de la Nación en el sentido de que los recursos naturales de las provincias son de las mismas y ellas pueden disponer a su antojo el destino que se le quiera dar !.
Miguel Schmalko- asesor y ex presidente de FEBAP y CACEXMI (Federación Económica Brasil-Argentina-Paraguay y Cámara de Comercio Exterior de
Misiones)