El Gobierno endurece las restricciones al empleo público y limita las altas de personal durante 2026

El Gobierno fijó nuevas restricciones al empleo público en 2026 y limitó las altas de personal para garantizar el equilibrio fiscal.

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El Poder Ejecutivo Nacional estableció un nuevo esquema de restricciones a las designaciones y contrataciones de personal en el Sector Público Nacional para todo el Ejercicio 2026, mediante el Decreto 934/2025, firmado el 31 de diciembre de 2025 y publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026. La norma deroga el Decreto 1148/2024 y consolida una política de control estricto de la planta estatal, con el objetivo de garantizar un uso eficiente y responsable del presupuesto nacional y sostener el equilibrio fiscal.

El decreto alcanza a las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8°, incisos a) y c), de la Ley 24.156 de Administración Financiera, y establece una prohibición general de incorporaciones, con un sistema acotado de excepciones y un mecanismo de reemplazo condicionado por bajas efectivas.

Prohibición general de designaciones y alcance normativo

El artículo 1° del decreto dispone que los organismos del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal “de cualquier naturaleza” durante 2026. La prohibición incluye:

  • designaciones a término en plantas transitorias;
  • contrataciones bajo el régimen del artículo 9° de la Ley 25.164;
  • contrataciones por tiempo indeterminado, plazo fijo, tiempo parcial o trabajo eventual previstas en la Ley de Contrato de Trabajo;
  • contrataciones de servicios profesionales autónomos;
  • designaciones transitorias en cargos simples de la planta permanente;
  • contrataciones con o sin relación de dependencia, aun bajo estatutos especiales o financiamiento no presupuestario.

De esta manera, el Gobierno refuerza un marco de congelamiento del empleo público, alineado con la política de transformación del Estado y adecuación de las estructuras administrativas “dentro de los límites impuestos por un gasto público adecuado al mantenimiento del equilibrio fiscal”, según se desprende de los considerandos.

Excepciones, reemplazos y control de las altas

Pese a la prohibición general, el decreto contempla excepciones explícitas. Entre ellas se encuentran las designaciones en universidades, el Cuerpo de Guardaparques Nacionales, el Sistema Nacional de Manejo del Fuego, el personal de establecimientos hospitalarios y de investigación dependientes del Ministerio de Salud, el Servicio Penitenciario Federal y las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido el personal civil.

También quedan exceptuadas las designaciones de personal de gabinete, las coberturas derivadas de concursos de selección en plantas permanentes, el cumplimiento del Cupo de Discapacidad previsto por la Ley 22.431 y las contrataciones realizadas a través del Programa de Movilidad y Búsquedas Internas (MoBI).

Para el resto de los casos, el artículo 3° introduce un criterio de reemplazo restrictivo: los organismos solo podrán disponer una (1) alta por cada dos (2) bajas de personal, cualquiera sea su causa, siempre que las bajas se produzcan durante 2026. No se computarán, a tal efecto, las desvinculaciones derivadas de planes de retiro voluntario u otros acuerdos de partes.

Cada solicitud de alta deberá contar con la validación de la Subsecretaría de Modernización y Desarrollo del Empleo Público, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, lo que refuerza el control centralizado sobre la dotación de personal.

Impacto institucional y extensión al sector empresarial estatal

El decreto habilita, además, a que las jurisdicciones que hayan implementado procesos de racionalización de personal puedan ser exceptuadas del régimen 1 a 2 por razones estratégicas, previa intervención de la Secretaría de Transformación del Estado y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.

En paralelo, el artículo 5° instruye a los representantes del Estado Nacional en empresas, sociedades y fondos fiduciarios con participación estatal mayoritaria a adoptar medidas similares, extendiendo la política de contención del empleo más allá de la administración central.

Desde una perspectiva institucional, el Decreto 934/2025 consolida una estrategia de control del empleo público como herramienta de política fiscal, limitando la expansión de la planta estatal y priorizando la reorganización interna antes que nuevas incorporaciones. El esquema apunta a redefinir el tamaño y la composición del Estado, en función de “necesidades estratégicas”, bajo un estricto seguimiento presupuestario.

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