La CNV simplifica el régimen de fideicomisos financieros y lanza emisiones automáticas para PyMEs

Una reforma estructural del Capítulo IV de las Normas CNV. CNV moderniza el régimen de fideicomisos financieros y habilita emisiones automáticas para PyMEs y proyectos sustentables

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1084/2025, que reforma de manera integral el marco normativo aplicable a los fideicomisos financieros, con el objetivo de simplificar trámites, reducir costos operativos y ampliar el acceso al mercado de capitales para PyMEs y proyectos sustentables. La medida introduce un régimen de autorización automática de emisiones frecuentes, reemplaza procedimientos en desuso y refuerza los requisitos de transparencia y responsabilidad de fiduciarios e inversores.

El nuevo texto normativo sustituye por completo el Capítulo IV del Título V de las Normas (N.T. 2013 y mod.), regulando en detalle la constitución, inscripción y emisión de fideicomisos financieros. Según la CNV, la reforma responde a la necesidad de adaptar el mercado argentino a estándares internacionales, integrando las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación, la Ley 24.441 y la Ley de Financiamiento Productivo N° 27.440aviso_330875.

Entre las novedades, la resolución:

  • Prohíbe los fideicomisos unilaterales, donde coinciden Fiduciante y Fiduciario, para evitar conflictos de interés.
  • Establece reglas más estrictas de independencia entre fiduciantes y fiduciarios, limitando participaciones cruzadas superiores al 10%.
  • Simplifica los requisitos de inscripción y permanencia en el Registro de Fiduciarios Financieros: quienes no operen durante dos ejercicios quedarán automáticamente excluidosaviso_330875.

Régimen de autorización automática y beneficios para PyMEs

La medida más relevante es la creación del Régimen de Fideicomisos Financieros con Autorización Automática de Emisiones Frecuentes, que permitirá a los fiduciarios emitir valores sin necesidad de autorización previa en cada operación.

Según el artículo 79 de la reforma, estas emisiones serán consideradas “ofertas públicas autorizadas y regulares”, quedando exentas de sanciones disciplinarias, siempre que cumplan con los requisitos de información establecidosaviso_330875.

Además:

  • Se habilita que hasta el 40% del activo fideicomitido provenga de empresas sin certificado MiPyME pero que no sean grandes, facilitando la participación de firmas medianas en la estructuración de fideicomisosaviso_330875.
  • Se deroga, a partir del 1° de enero de 2026, el anterior Régimen de Trámite Simplificado (RG 675), que quedará absorbido por el nuevo esquemaaviso_330875.
  • Se mantienen vigentes hasta su vencimiento los fideicomisos constituidos bajo regímenes anteriores, como los solidarios para asistencia al sector público.

Transparencia, advertencias a inversores y obligaciones de listado

La CNV enfatiza que, aunque las emisiones cuenten con autorización automática, la responsabilidad sobre la veracidad de la información recae en los fiduciarios y fiduciantes, quienes deberán incluir leyendas explícitas en prospectos y contratos.

El artículo 81 establece que los contratos de fideicomiso deberán publicarse en la Autopista de la Información Financiera (AIF) con identificación de firmantes y fecha cierta, aunque sin revisión previa por parte del reguladoraviso_330875.

Asimismo:

  • Los valores fiduciarios deberán ser colocados y listados obligatoriamente en mercados autorizados, que no podrán imponer requisitos adicionales salvo en emisiones temáticas (sociales, verdes y sustentables), alineadas con los principios de la International Capital Markets Association (ICMA)aviso_330875.
  • Los prospectos deberán redactarse en lenguaje claro y comprensible, con advertencias específicas a los inversores sobre los alcances de la autorización automáticaaviso_330875.

La reforma apunta a agilizar el financiamiento PyME, fomentar la emisión de instrumentos sustentables y reducir la burocracia en un mercado que busca recuperar profundidad y liquidez.

Según analistas, el régimen de autorización automática puede significar un salto cualitativo en la securitización de créditos, permitiendo a entidades financieras y no financieras emitir de manera más ágil, pero al mismo tiempo traslada mayor responsabilidad al sector privado en la transparencia informativa.

La CNV anticipa que, a partir de 2026, el esquema se consolidará como el canal principal para fideicomisos financieros, reemplazando los regímenes especiales hoy en extinción.

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