El Gobierno transforma al Banco Nacional de Datos Genéticos en organismo desconcentrado
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El Gobierno transformó al Banco Nacional de Datos Genéticos en organismo desconcentrado para reducir el gasto y simplificar su estructura
El Decreto 351/2025 modificó el estatus del BNDG con el objetivo de optimizar su funcionamiento y reducir la estructura estatal sin alterar sus competencias clave. Se mantendrán sus funciones vinculadas a delitos de lesa humanidad y filiación genética.
En línea con su política de reorganización y simplificación del Estado, el Gobierno nacional oficializó este jueves la transformación del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) de organismo descentralizado a organismo desconcentrado en la órbita de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete de Ministros. La medida fue formalizada mediante el Decreto 351/2025, publicado en el Boletín Oficial.
La decisión se inscribe en el marco de la Ley de Bases N.º 27.742, que declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética, y habilitó al Poder Ejecutivo a reorganizar organismos públicos creados por ley. Según el texto oficial, la transformación apunta a reducir el gasto público, mejorar la eficiencia administrativa y preservar la capacidad operativa del BNDG, especialmente en el esclarecimiento de crímenes de lesa humanidad.
Qué cambia en la estructura del BNDG
El Banco Nacional de Datos Genéticos fue creado por la Ley N.º 23.511 y reorganizado por la Ley N.º 26.548 con la misión de garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de material genético que pueda constituirse como prueba en casos de filiación y en delitos de lesa humanidad.
A partir de la entrada en vigencia del decreto, el BNDG dejará de funcionar como organismo descentralizado con autonomía administrativa y pasará a ser un ente desconcentrado, lo que implica mayor dependencia jerárquica de la Secretaría de Innovación.
Pese al cambio de estatus institucional, el decreto mantiene la estructura técnica del organismo, ratificando que estará conducido por un Director General Técnico y un Subdirector Técnico con formación en Bioquímica o Biología Molecular, designados mediante concurso público de oposición y antecedentes. La figura del Subdirector Administrativo fue eliminada.
El Gobierno argumenta que la decisión se apoya en un diagnóstico elaborado por la Dirección Nacional de Diseño Organizacional, que revela un crecimiento desproporcionado del aparato estatal: actualmente, existen 111 organismos entre desconcentrados y descentralizados, que en conjunto cuentan con 477 autoridades superiores. Además, entre 2010 y 2024, la dotación de personal en organismos descentralizados creció un 148%, pasando de 35.481 a 88.095 empleados.
En ese marco, el Ejecutivo inició una evaluación integral de estructuras administrativas para eliminar “funciones innecesarias”, fusionar áreas y centralizar la gestión. El caso del BNDG se considera paradigmático, ya que sus tareas específicas pueden mantenerse sin necesidad de una estructura autónoma y con menor carga presupuestaria.
Qué dice el nuevo marco normativo
El decreto modifica los artículos 1, 19 y 20 de la Ley N.º 26.548 para actualizar el régimen legal del BNDG. Las funciones centrales —como responder a requerimientos judiciales, coordinar actividades científicas y presidir el Consejo Consultivo— continuarán bajo la órbita del nuevo Director General Técnico.
Además, se establece que la dotación de personal, sus cargos y unidades organizativas vigentes se mantendrán, y los créditos presupuestarios serán transferidos a la Secretaría de Innovación. Todo movimiento de personal deberá contar con la aprobación de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación.
La transformación del BNDG se enmarca en una reforma más amplia del Estado nacional, orientada a disminuir estructuras duplicadas, reducir costos operativos y concentrar recursos en áreas clave. Si bien el nuevo estatus reduce su autonomía administrativa, el Gobierno asegura que se mantendrán sus funciones científicas y judiciales esenciales, vinculadas a la reparación histórica y al esclarecimiento de delitos cometidos durante el terrorismo de Estado.
