El Gobierno actualiza el Baremo Laboral: qué cambia en la evaluación de incapacidades desde febrero de 2026
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El Gobierno actualiza la tabla para evaluar incapacidades laborales: regirá desde febrero de 2026 y busca homogeneizar criterios en todo el país
El Poder Ejecutivo aprobó, mediante el Decreto 549/2025, una profunda actualización de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales, conocida como Baremo Laboral, que se utiliza para cuantificar los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La medida, que reemplaza el anexo del histórico Decreto 659/1996, entrará en vigencia en 180 días —en febrero de 2026— y busca modernizar el sistema, incorporar avances científicos y garantizar criterios homogéneos en la valoración de las secuelas incapacitantes.
La iniciativa se enmarca en el proceso de reforma impulsado por el Gobierno para reducir la discrecionalidad judicial, unificar estándares técnicos y fortalecer el rol de las Comisiones Médicas y Cuerpos Periciales en las controversias laborales.
El Baremo Laboral vigente fue aprobado en 1996 y, pese a sucesivas modificaciones, había quedado desactualizado frente a los avances médicos, científicos y tecnológicos. Según el decreto firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, el objetivo es “profundizar el cumplimiento de las finalidades y objetivos específicos del Sistema de Riesgos del Trabajo” y dotar al mecanismo de “mayor precisión y agilidad en la determinación de incapacidades”.
La actualización fue elaborada por el Comité Consultivo Permanente de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (CCP) —integrado por representantes del Estado, los empleadores y los trabajadores— y aprobada por unanimidad en el Acta 75 del 3 de diciembre de 2024.
Qué establece el nuevo decreto
El Decreto 549/2025 dispone:
- Sustituir el Anexo I del Decreto 659/1996 por una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales, que incorpora los últimos avances en diagnóstico y técnicas de valoración.
- Plazo de implementación: entrará en vigencia en 180 días corridos desde su publicación, es decir, en febrero de 2026.
- Aplicación: regirá para toda valoración de incapacidad que no haya sido aún dictada, independientemente de que el trámite esté en sede administrativa o judicial.
- Fortalecimiento institucional: invita a las provincias a crear o integrar Cuerpos Médicos Forenses, en el marco de la Ley 27.348, para garantizar peritajes especializados y homogéneos.
- Capacitación y difusión: faculta a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) a dictar normas complementarias, planes de formación y difusión dirigidos a los peritos y profesionales de la salud que integren los cuerpos forenses.
Fundamentos: objetividad, igualdad y reducción de litigiosidad
El Gobierno justificó la reforma en la necesidad de evitar “discrecionalidades” en la valoración del daño, garantizar la igualdad de trato entre los damnificados y dotar al sistema de “automaticidad”, tal como lo viene reclamando la Corte Suprema de Justicia en diversos fallos (entre ellos, Fallos 342:2056 y 344:1906).
La Corte ha señalado que apartarse del Baremo oficial constituye un “inequívoco apartamiento de las normas legales”, mientras que su aplicación uniforme tiende a reducir la conflictividad judicial.
En línea con esta doctrina, el decreto subraya que la actualización permitirá “dictámenes rápidos, de alta calidad científica y a costos razonables”, evitando que la disparidad de criterios entre peritos genere asimetrías entre los trabajadores damnificados.
El Ejecutivo invita expresamente a las jurisdicciones a convocar la creación e integración de Cuerpos Médicos Forenses, un paso clave para garantizar la aplicación del Baremo actualizado en los procesos judiciales.
Estos cuerpos deberán estar integrados por profesionales con formación específica en riesgos del trabajo, lo que —según el decreto— aportará imparcialidad y reducirá el vínculo entre el resultado del peritaje y el cobro de honorarios, evitando incentivos distorsivos.
Repercusiones e impacto esperado
La medida impactará directamente en trabajadores accidentados, ART, empleadores y el Poder Judicial.
- Para los trabajadores, busca garantizar un resarcimiento justo y basado en criterios técnicos actualizados, evitando demoras en la determinación de incapacidades.
- Para las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART), supone mayor previsibilidad en las prestaciones y una reducción de la litigiosidad.
- Para el sistema judicial, implica avanzar hacia una homogeneización de los peritajes y menor dispersión de criterios entre provincias.
Fuentes del sector laboral y empresarial consultadas anticipan que la medida será bien recibida por los operadores del sistema, aunque su implementación efectiva dependerá del compromiso de las provincias para conformar los cuerpos médicos forenses y de la capacitación prevista por la SRT.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo deberá dictar en los próximos meses las normas complementarias para la aplicación del nuevo Baremo, así como diseñar los planes de capacitación y difusión.
En paralelo, el Ejecutivo convocará a las provincias para que integren los cuerpos periciales previstos por la Ley 27.348. La medida regirá a partir de febrero de 2026 y será de aplicación obligatoria en todos los casos aún no resueltos al momento de su entrada en vigor.

MAS LIBERTADE ACCION PARA LAS ART , AHORA EN UNA SEMANA LAS ART TE DAN EL ALTA COMPULSIVA CON ACCIDENTES GRAVISIMOS , AMPUTACIONES , ROTURAS EN COLUMNA VERTEBRAL AMPARADOS Y COMPLICES LA SUPER INTENDENCUA DE RIESGO DE TRABAJO Y JUECES QUE TOMAN EL PERITAJE FINAL DE LA SUPER INTENDENCIA DE RIESGO DE TRABAJO COMO PRUEBA SUFICIENTE LOS CUALES SON DE 2 A CERO PORCIENTO , TENIENDO EL DACMIFICADO 30 O 50 PORCIENTO DE INCAPACIDAD REAL , TODO LO QUE SALE DEL PRESODENTE MILEI ES PARA MAXIMISAR LAS GANANCIAS DE LAS EMPRESAS , A PARTIR DE AHORA LOS ACCIDENTES VAN A SER CULPA DE TRABAJADOR Y NO DE LAS CONDICIONES LABORALES QUE NUNCA SE PERITAN .