ARCA incorpora la declaración de destino minero a la Ventanilla Única de Comercio Exterior

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incorporó la declaración jurada de destino minero al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), una modificación que digitaliza parte del circuito utilizado por las empresas mineras para importar bienes destinados exclusivamente a esa actividad bajo los beneficios previstos en el Régimen de Inversiones para la Actividad Minera.

La medida fue establecida mediante la Resolución General 5909/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y se articula con el procedimiento aprobado recientemente por la Secretaría de Minería a través de la Resolución 73/2026. El nuevo esquema conecta la declaración jurada de destino minero con los controles de la Dirección General de Aduanas a través del Sistema Informático MALVINA (SIM).

El objetivo operativo es concentrar el intercambio de información entre los organismos que intervienen en el trámite mediante VUCEA. La declaración jurada, que debe acreditar que los bienes importados tendrán destino minero, será remitida para su validación y pasará a formar parte de la documentación respaldatoria necesaria para las destinaciones definitivas de importación para uso minero que accedan al beneficio establecido por la Ley 24.196.

El cambio adquiere relevancia para las empresas porque la documentación ya no deberá presentarse físicamente ante la Aduana al momento de realizar la declaración aduanera. De acuerdo con las pautas procedimentales incorporadas por ARCA, el declarante deberá contar previamente con la declaración jurada de destino minero emitida conforme al régimen vigente, pero podrá acreditar su existencia mediante el circuito electrónico implementado en VUCEA.

Para completar la operación, al momento de efectuar la declaración aduanera se deberá informar el código identificador de la declaración jurada de destino minero como referencia en el Código de Documento “LPCOVUCE0044”. Ese dato permitirá que el Sistema Informático MALVINA realice la correspondiente validación dentro del proceso de oficialización de la importación.

El sistema también incorpora un control automático que puede tener efectos directos sobre los tiempos de la operación. Si los datos ingresados son consistentes, la declaración aduanera podrá ser oficializada. En cambio, si se detectan inconsistencias, el Sistema Informático MALVINA impedirá la oficialización e informará al declarante los motivos para que puedan ser subsanados.

La resolución establece además que solamente podrá comprometerse una declaración jurada de destino minero por cada ítem de la destinación. Esta condición deberá ser contemplada al momento de estructurar las operaciones de importación y vincular cada mercadería con la documentación que respalda su destino minero.

La incorporación al circuito digital no elimina la posibilidad de contingencias. ARCA prevé expresamente qué sucederá si existen fallas de comunicación entre los organismos que impidan transmitir los datos en tiempo y forma, o si se producen inconvenientes informáticos ajenos al declarante que imposibiliten la validación automática. En esos casos deberá aplicarse el plan de contingencia previsto en la Resolución General 5.384.

La medida se inscribe en el funcionamiento del Régimen de Inversiones para la Actividad Minera, establecido por la Ley 24.196 y reglamentado por el Decreto 2.686/93. Dentro de ese esquema, los importadores deben acreditar el destino minero de los bienes para acceder al tratamiento previsto por el régimen, mientras que la Aduana necesita contar con mecanismos que permitan controlar y vincular esa información con las operaciones de comercio exterior.

La nueva operatoria también apunta a mejorar la trazabilidad de las importaciones beneficiadas. La normativa prevé el intercambio de información entre la Autoridad de Aplicación, la Dirección General de Aduanas y la unidad ejecutora de VUCEA, de modo que los datos asociados a las declaraciones juradas puedan relacionarse con las destinaciones aduaneras correspondientes.

Para las compañías mineras y los operadores de comercio exterior, el principal cambio práctico será la necesidad de integrar correctamente la declaración jurada al circuito electrónico antes de avanzar con la destinación. El documento continúa siendo necesario, pero la presentación física deja de ser un requisito: el dato clave pasa a ser su identificación dentro del sistema y la consistencia entre la información declarada y los registros disponibles para la validación automática.

La Resolución General 5909/2026 comenzará a regir a los diez días hábiles contados desde su publicación en el Boletín Oficial. La norma establece, además, una excepción para las autorizaciones de importación de bienes con destino minero que hayan sido emitidas con anterioridad a esa fecha, siempre que permanezcan vigentes al momento de su declaración en el Sistema Informático MALVINA. Esas operaciones quedarán fuera del nuevo procedimiento.

De esta manera, ARCA incorpora un nuevo componente al proceso de digitalización del comercio exterior: para las importaciones mineras alcanzadas por el régimen de beneficios, la validación del destino de los bienes queda vinculada electrónicamente a VUCEA y al sistema aduanero. Para los operadores, la adaptación pasa por asegurar que la declaración jurada esté vigente, que su código sea correctamente informado y que los datos utilizados en la operación sean consistentes para evitar que el sistema bloquee la oficialización de la importación.

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