El Gobierno amplía títulos del Tesoro por $221.119 millones para cancelar deudas de obra pública

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El Ministerio de Economía dispuso una ampliación de emisiones de títulos del Tesoro por hasta $221.119 millones para atender obligaciones pendientes vinculadas con contratos de obra pública de las áreas de Transporte y Obras Públicas. La operación se encuadra en el Régimen Simplificado de Extinción de Obligaciones de Contratos de Obra Pública y establece que las acreencias serán canceladas mediante una canasta de instrumentos de deuda en pesos.

La medida fue formalizada a través de la Resolución Conjunta 59/2026 de las Secretarías de Finanzas y de Hacienda, publicada este 6 de octubre, y utiliza créditos presupuestarios correspondientes a Aplicaciones Financieras del Ministerio de Economía. El esquema contempla deudas derivadas de certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios correspondientes al período comprendido entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025, además de obligaciones pendientes derivadas de contratos de obra pública extinguidos desde 2024.

El régimen había sido establecido en julio por la Secretaría de Coordinación de Infraestructura y fijó un cupo máximo de $221.119.509.519 para la cancelación de estas acreencias. La nueva resolución instrumenta ahora la ampliación de los títulos necesarios para cubrir ese monto, que serán entregados a su valor técnico, calculado al día hábil anterior a la efectiva transferencia.

La estructura de pago estará compuesta por tres instrumentos de deuda capitalizables en pesos. Un 33% corresponderá a la Letra del Tesoro Nacional Capitalizable con vencimiento el 30 de octubre de 2026, por hasta un valor nominal original de $60.000 millones. Otro 33% se integrará con el Bono del Tesoro Nacional Capitalizable con vencimiento el 15 de enero de 2027, por hasta $51.000 millones de valor nominal original.

El 34% restante estará conformado por el Bono del Tesoro Nacional Capitalizable con vencimiento el 30 de abril de 2027, por hasta $60.000 millones de valor nominal original. En conjunto, los tres instrumentos conforman la canasta que será utilizada para extinguir las obligaciones reconocidas dentro del régimen.

Para los contratistas que adhieran al mecanismo, la principal diferencia respecto de un pago convencional en efectivo es que la cancelación de las acreencias se realizará mediante títulos públicos. Esto implica que la obligación estatal queda instrumentada a través de activos financieros con vencimientos determinados, en lugar de una transferencia directa de pesos al momento de la cancelación.

Desde la perspectiva fiscal, la resolución encuadra las operaciones dentro de las autorizaciones de crédito público previstas en el Presupuesto 2026. Los instrumentos cuyos vencimientos se producen en ejercicios futuros se encuentran comprendidos en los límites establecidos por el artículo 44 de la Ley 27.798, mientras que la operación correspondiente al título con vencimiento dentro de 2026 se encuentra alcanzada por la autorización prevista en el artículo 45.

La normativa también establece que la operatoria será atendida con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50, Ministerio de Economía, Servicio Financiero 377 “Infraestructura Económica y Social”, dentro del Programa 97, que contempla partidas específicas para la atención de deudas de la Secretaría de Transporte y de la Secretaría de Obras Públicas.

El esquema permite así avanzar en la regularización de obligaciones acumuladas durante varios ejercicios y, al mismo tiempo, traslada la cancelación financiera hacia instrumentos con vencimientos definidos. El efecto económico para cada acreedor dependerá de las características de los títulos recibidos y de su eventual utilización o negociación antes de sus respectivos vencimientos.

La resolución entra en vigencia desde el 2 de octubre de 2026, fecha de su dictado. La Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda quedaron facultadas para completar la documentación necesaria para ejecutar la operación, que constituye una nueva etapa del proceso de regularización de las obligaciones pendientes de contratos de obra pública alcanzados por el régimen simplificado.

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