Sistema acusatorio: “Es un cambio cultural, no solo de roles”, remarcó el Juez Federal Ariel Lijo
La actividad se desarrolló entre las 11 y las 13 en el auditorio Tierra Sin Mal, sobre la costanera de Posadas, y fue organizada de manera conjunta por la Oficina de Capacitación del Ministerio Público y el Centro de Capacitación y Gestión Judicial Dr. Mario Dei Castelli. Estuvo dirigida a jueces, fiscales y defensores, con dos ejes centrales: las audiencias de medidas de coerción y las audiencias de control de la acusación.
|
Getting your Trinity Audio player ready...
|
La implementación del sistema acusatorio exige más que una modificación de procedimientos: supone redefinir las funciones de fiscales y jueces, fortalecer la litigación oral y acelerar etapas de los procesos penales sin descuidar las garantías. Esa fue una de las principales ideas planteadas durante una jornada de capacitación realizada este viernes en Posadas, con la participación del juez federal Ariel Oscar Lijo y autoridades del Poder Judicial y del Ministerio Público de Misiones.
El encuentro reunió a la presidenta del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori; al procurador general, Carlos Jorge Giménez; a los ministros Froilán Zarza, Cristina Irene Leiva, Valeria Fiore Cáceres y Andrés Poujade; y al presidente de la Cámara de Representantes, Sebastián Macías, además de magistrados, funcionarios judiciales, representantes de los poderes Ejecutivo y Legislativo e invitados especiales.
Durante la apertura, Venchiarutti Sartori agradeció la presencia de Lijo y destacó la importancia del intercambio de experiencias para acompañar las transformaciones del sistema judicial. “Hay mucho hambre de saber y mucho hambre de intercambiar experiencias”, expresó, al dar la bienvenida al magistrado federal.
Giménez, por su parte, definió el proceso como una etapa de modernización de gran relevancia para el Poder Judicial. En su intervención, remarcó que las audiencias de medidas de coerción requieren fundamentar las decisiones que afectan la libertad de las personas, mientras que el control de la acusación permite determinar qué causas avanzan hacia el juicio y con qué evidencia se sostienen.
“La calidad de este sistema depende de la calidad de la litigación y de la decisión judicial”, sostuvo el procurador general. En ese sentido, planteó que la formación de quienes intervienen en los procesos no debe considerarse un complemento, sino una condición para que la reforma alcance sus objetivos.
Un cambio de funciones y de cultura judicial
En diálogo con la prensa, Lijo describió la transición hacia el sistema acusatorio como un cambio cultural y estructural, además de procesal. El eje, explicó, consiste en que los fiscales asuman la responsabilidad de impulsar la acusación y la investigación, mientras los jueces concentren su intervención en resolver las controversias y juzgar.
La modificación implica una distribución más definida de las responsabilidades dentro del proceso penal. En lugar de concentrar en la estructura judicial distintas tareas de investigación y decisión, el modelo adversarial otorga a la fiscalía un papel central en el impulso de la persecución penal, con audiencias en las que las partes exponen sus posiciones ante un juez.
Lijo señaló que el sistema federal ya se encuentra implementado en Misiones desde agosto y consideró que la transformación provincial también tendrá una importancia significativa. Según indicó, la experiencia de otras jurisdicciones puede ofrecer referencias, aunque la adaptación requiere tiempo y cambios en las prácticas cotidianas de los operadores judiciales.
La rapidez constituye uno de los objetivos centrales del nuevo esquema. De acuerdo con el magistrado, las etapas preliminares y de acusación pueden concentrarse en audiencias orales, lo que permite reducir la dependencia de trámites escritos y acortar los tiempos de resolución. Sin embargo, advirtió que la aceleración de los procedimientos también exige atención para evitar errores durante el período inicial de adaptación.
La celeridad, en ese marco, no depende únicamente de modificar las reglas procesales. También requiere que fiscales, defensores y jueces incorporen nuevas formas de trabajo, preparen adecuadamente sus intervenciones y puedan sostener sus decisiones con fundamentos claros.
Las audiencias definen la continuidad de las causas
Los dos ejes abordados durante la capacitación tienen consecuencias directas sobre los derechos de las personas involucradas en un proceso penal. En las audiencias de medidas de coerción se analizan las decisiones que pueden restringir la libertad, por lo que la fundamentación de las resoluciones y la capacidad de las partes para argumentar adquieren especial relevancia.
En las audiencias de control de la acusación, en tanto, se examina si una causa está en condiciones de avanzar hacia el juicio y cuál es la evidencia que respalda la imputación. El objetivo es delimitar el caso que deberá discutirse y precisar los elementos sobre los que se desarrollará el debate judicial.

La capacitación apuntó a fortalecer las herramientas para intervenir en ambas instancias. La calidad de las audiencias puede incidir tanto en la duración de los procesos como en la solidez de las decisiones y en la posibilidad de que las partes ejerzan sus derechos dentro de reglas claras.
Para el Ministerio Público, uno de los desafíos es lograr que la oralidad no se limite a reemplazar documentos por exposiciones verbales. El cambio requiere desarrollar capacidades de litigación, argumentación y evaluación de la prueba, además de mejorar la coordinación entre los actores del sistema.
Investigación de delitos complejos y cooperación internacional
Lijo también se refirió a las posibilidades que abre el modelo acusatorio para investigar delitos complejos, entre ellos los vinculados con el crimen organizado, el terrorismo, la corrupción y las estructuras económicas transnacionales. En estos casos, las investigaciones suelen involucrar múltiples actores, documentación financiera y vínculos que atraviesan distintas jurisdicciones.
El magistrado señaló que los mecanismos tradicionales de cooperación internacional pueden demorar la obtención de información, especialmente cuando los pedidos formales entre países requieren aclaraciones o atraviesan procedimientos prolongados. En el sistema adversarial, explicó, los fiscales cuentan con mayores posibilidades de establecer contactos directos con sus pares y coordinar tareas de investigación dentro de los marcos legales aplicables.
Como ejemplo, mencionó las dificultades que pueden surgir al solicitar información a Paraguay mediante exhortos internacionales. La posibilidad de agilizar la comunicación entre fiscalías podría contribuir a reducir demoras, aunque la complejidad de las investigaciones no desaparece por el solo hecho de modificar el procedimiento.
Las causas que involucran estructuras empresariales, contables, jurídicas y financieras seguirán demandando capacidades técnicas y recursos especializados. El cambio procesal, en la mirada del juez, puede mejorar las herramientas disponibles para el Estado, pero no elimina las dificultades que supone investigar organizaciones con operaciones y vínculos en distintos países.
Para Misiones, cuya ubicación fronteriza forma parte del contexto de numerosas investigaciones, la coordinación entre jurisdicciones representa un aspecto relevante. La utilidad práctica de estas herramientas dependerá de cómo se articulen las fiscalías, de la disponibilidad de recursos y de la capacidad para sostener investigaciones complejas sin debilitar las garantías procesales.
Acuerdos y soluciones alternativas antes del juicio
Otro de los puntos destacados por Lijo fue el papel de las soluciones alternativas y los acuerdos dentro de los sistemas adversariales. Según explicó, una proporción importante de los casos puede resolverse antes de llegar a un juicio, mediante mecanismos previstos en el ordenamiento jurídico.
El planteo abre un desafío de comunicación pública: explicar que la resolución de un conflicto penal no siempre culmina en un debate oral y una sentencia dictada después de un juicio. En determinados supuestos, el sistema contempla otras vías de resolución, cuya procedencia depende de las condiciones legales de cada caso.
Esa posibilidad también plantea la necesidad de informar de manera comprensible a las víctimas y a la ciudadanía sobre el alcance de los acuerdos, sus requisitos y sus consecuencias. La existencia de salidas alternativas no significa que cualquier caso pueda resolverse de esa manera ni que las partes deban aceptar una solución que no corresponda al marco normativo aplicable.
La transformación, por lo tanto, no se limita a acelerar expedientes. También demanda que los operadores judiciales puedan explicar las decisiones, comunicar sus fundamentos y garantizar que las personas involucradas comprendan las opciones previstas en el proceso.
El desafío de la implementación
La capacitación realizada en Posadas se inscribe en un proceso que combina modificaciones normativas, reorganización institucional y formación profesional. Lijo sostuvo que Misiones atraviesa una transformación importante y señaló que los primeros pasos de cualquier sistema nuevo requieren atención frente a los errores y a las dificultades propias del período de adaptación.
Durante la entrevista también se mencionó el debate sobre la modalidad de los juicios por jurados. El magistrado distinguió entre los modelos existentes en el país y señaló que la provincia deberá discutir qué esquema adoptar. La definición corresponde al ámbito institucional y legislativo pertinente, por lo que no fue presentada como una decisión ya resuelta.
La jornada contó con la participación de autoridades judiciales nacionales y provinciales, funcionarios del Ministerio Público y representantes de los poderes del Estado. La presencia de distintos actores institucionales reflejó el alcance transversal de una reforma que requiere coordinación más allá de cada juzgado o fiscalía.

