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Belgrano Cargas: el Gobierno extendió hasta diciembre la licitación y flexibilizó requisitos para los oferentes

El Gobierno extendió hasta el 21 de diciembre la licitación del Belgrano Cargas y modificó requisitos financieros y técnicos para competir

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El Ministerio de Economía reprogramó el cronograma para concesionar las vías y los inmuebles ferroviarios de las líneas Belgrano, San Martín y Urquiza. Las empresas podrán presentar ofertas hasta el 21 de diciembre, mientras que la nueva circular incorpora cambios en las condiciones financieras, técnicas y operativas para ampliar la participación en el proceso.

La privatización de Belgrano Cargas y Logística S.A. ingresó en una nueva etapa administrativa con la modificación de los plazos y de las condiciones de la licitación pública nacional e internacional. A través de la Resolución 1914/2026, publicada este miércoles 4 de noviembre en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía aprobó la Circular Modificatoria N° 3 y dispuso ajustes al procedimiento para concesionar la infraestructura de las líneas General Belgrano, General San Martín y General Urquiza.

La decisión extiende el período para realizar consultas al pliego hasta el 3 de diciembre de 2026, a las 10. La presentación de ofertas quedó habilitada hasta el 21 de diciembre, a las 9:59, mientras que la apertura de la primera etapa se realizará ese mismo día a las 10. La reprogramación responde, según los fundamentos de la medida, a consultas de empresas interesadas y a la necesidad de disponer de más tiempo para inspeccionar la infraestructura ferroviaria y evaluar las inversiones necesarias.

El cambio de calendario no modifica el objetivo central del proceso: otorgar mediante concesiones de obra pública la explotación y el desarrollo de las vías, los inmuebles aledaños y el uso de los talleres ferroviarios de las tres líneas, con opción de compra de material rodante. La licitación se inscribe en el proceso de privatización de Belgrano Cargas y Logística autorizado por la Ley 27.742 y reglamentado por el Decreto 67/2025.

La modalidad prevista contempla una separación de las actividades y los bienes por unidad de negocio. Por un lado, se concesionarán las vías y sus inmuebles aledaños, además del uso de los talleres; por otro, la venta del material rodante se realizará mediante remate público. La nueva resolución se concentra en la documentación y las condiciones de la licitación de las concesiones, sin alterar esa arquitectura general del proceso.

Uno de los cambios relevantes está vinculado con la acreditación de solvencia económica. A partir de la circular modificatoria, los oferentes podrán demostrar su capacidad financiera mediante hasta dos personas que participen como socios financieros. Cada una deberá cumplir individualmente con índices de solvencia y liquidez iguales o superiores a uno. La modificación amplía las alternativas para conformar las propuestas y permite distribuir la participación financiera entre más de un integrante, aunque mantiene exigencias individuales de respaldo patrimonial.

La norma también establece que quienes se presenten para operar más de una línea deberán acreditar el patrimonio neto correspondiente a cada una y demostrar capacidad para afrontar la operación conjunta. El requisito apunta a que la evaluación de los oferentes contemple no solo su capacidad para asumir una concesión individual, sino también los recursos necesarios cuando la propuesta abarque más de un corredor ferroviario.

En materia técnica, se fijó que el socio especializado deberá mantener una participación accionaria mínima del 10%, con derecho a voto, durante al menos 180 días posteriores a la habilitación de las obras obligatorias u optativas. Para los Contratistas Nominados, la circular establece responsabilidad solidaria e ilimitada durante ese mismo período. Estas disposiciones buscan precisar la permanencia y las responsabilidades de los actores que aporten experiencia técnica a las sociedades concesionarias.

Otro de los puntos incorporados se refiere a las Sociedades de Propósito Específico (SPE), que serán las encargadas de suscribir los contratos de concesión. La circular introduce precisiones sobre su constitución y sobre las alternativas disponibles para los oferentes que manifiesten su intención de solicitar los beneficios del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

En ese marco, por cada línea ferroviaria los interesados podrán optar por una Oferta A o una Oferta B, sin combinar ambas modalidades. La alternativa dependerá de si manifiestan o no la intención de solicitar la adhesión al RIGI. Cuando se presente esa variante, el oferente deberá constituir una segunda garantía de mantenimiento de oferta, equivalente a la exigida para la propuesta inicial. La documentación también aclara que expresar la intención de acceder al régimen no implica que la adhesión vaya a ser aprobada.

La cotización del peaje máximo es otro aspecto que recibió precisiones. Los oferentes podrán expresar la tarifa propuesta con hasta cinco decimales en dólares por tonelada-kilómetro bruta (US$/TKM). La unidad de medida resulta relevante para comparar las propuestas económicas y establecer las condiciones de uso de la infraestructura ferroviaria.

La Resolución 1914/2026 también modificó la integración de la Comisión Evaluadora ad hoc, luego de la renuncia de uno de sus miembros suplentes. El organismo quedó conformado por Enrique Juan Eiras, María Pilar Trejo y Cristián Nicolás García como titulares, mientras que Alberto Armando Mautino, María Salomé Chirdo y Micaela Renée Lapuente integrarán la nómina de suplentes.

La modificación del pliego y la extensión de los plazos tienen una consecuencia directa sobre la competencia por las concesiones: los interesados dispondrán de más tiempo para revisar las condiciones técnicas y económicas, inspeccionar los activos y estructurar sus propuestas. El Ministerio justificó los cambios en la necesidad de favorecer la concurrencia, la competencia, la publicidad y la transparencia del procedimiento, principios establecidos en el marco normativo de las privatizaciones.

El alcance económico de la licitación excede la transferencia de la administración de la infraestructura. La red ferroviaria de cargas constituye un componente estratégico para el transporte de productos agroindustriales, minerales e insumos, además de incidir sobre los costos logísticos y la competitividad de las economías regionales. En el caso de Misiones, la línea General Urquiza forma parte de los corredores incluidos en el proceso, por lo que las condiciones de inversión, mantenimiento y operación tendrán relevancia para la conexión ferroviaria de la provincia con otros mercados.

Sin embargo, la reprogramación del calendario y la modificación de los requisitos todavía no permiten anticipar cuántas empresas competirán ni qué inversiones se comprometerán finalmente. Esos resultados dependerán de las ofertas que se presenten, de su evaluación y de las condiciones que se establezcan en los contratos. La etapa que se abre hasta diciembre será determinante para conocer el interés empresario y la capacidad de las propuestas para sostener la infraestructura y mejorar la prestación del transporte ferroviario de cargas.

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