Misiones presiona para derogar los cambios al INYM y recuperar la regulación del mercado yerbatero
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La diputada nacional por Misiones Yamila Ruiz impulsa dos proyectos de ley para devolver al Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) las atribuciones que tenía antes de las modificaciones del DNU 70/2023 y del Decreto 812/2025. Las propuestas abarcan la recuperación del mecanismo de concertación del precio de la materia prima, los instrumentos para equilibrar la oferta y la demanda, los registros obligatorios de la cadena y las garantías sobre los recursos propios del organismo.
Los textos se vinculan con las iniciativas de la misma legisladora sobre emergencia yerbatera y sostenimiento de pequeños y medianos productores, abordadas por Economis en una nota anterior. Comparten el planteo de recuperar las facultades del Instituto y atender la pérdida de rentabilidad de la producción primaria. En estos dos proyectos, Ruiz concentra la propuesta en la derogación de las disposiciones que modificaron tanto la ley de creación del INYM como su reglamentación.
El primero propone derogar los artículos 164 a 168 del DNU 70/2023 y restituir expresamente la redacción anterior de los artículos 3, 4, 5, 21, 22 y 24 de la Ley 25.564. El segundo busca dejar sin efecto el Decreto 812/2025 y recuperar las disposiciones del Decreto 1240/2002 que reglamentaban el funcionamiento del organismo.
Recuperar la negociación del precio de la materia prima
Uno de los puntos centrales es la restitución del acuerdo semestral del precio de la hoja verde y de la yerba mate canchada dentro del INYM, con intervención arbitral de la Secretaría de Agricultura cuando los sectores no alcancen un acuerdo.
En los fundamentos, Ruiz sostiene que la eliminación de ese mecanismo dejó la formación del precio sujeta a negociaciones bilaterales entre actores con capacidades económicas desiguales: miles de productores primarios frente a sectores más concentrados de la industrialización y la comercialización.
Para dimensionar esa brecha, el proyecto cita que en junio de 2026 el precio máximo abonado por la hoja verde fue de $280 por kilogramo, frente a un costo de producción estimado por el INYM en $473,70, sin impuestos ni rentabilidad. Según esa comparación, el productor percibió aproximadamente el 59% del costo necesario para producir.
El documento también consigna que los ingresos de hoja verde a los secaderos pasaron de 268.297.370 kilogramos entre enero y abril de 2024 a 151.910.206 kilogramos en igual período de 2026, una disminución cercana al 43%. Los fundamentos señalan que los productores atribuyen esa caída a la pérdida de rentabilidad y advierten sobre el descuido de los yerbales y el abandono de la actividad.
La vulnerabilidad de las explotaciones de menor escala ocupa un lugar específico en el diagnóstico. El primer proyecto cita un registro del INYM con 9.983 productores inscriptos, de los cuales 7.086 —más del 70%— tenían hasta diez hectáreas.
Registros, cooperativas y recursos propios
La restitución propuesta comprende también las herramientas para adoptar medidas de equilibrio entre oferta y demanda y limitar la producción, junto con la recuperación de los registros obligatorios de los participantes de la cadena y de la función de promover formas asociativas y cooperativas.
Ruiz cuestiona, además, el cambio en los objetivos institucionales del INYM. Según expone, la modificación orientó su mandato a proteger el carácter competitivo de la industria y desplazó el objetivo de procurar la sustentabilidad de los distintos sectores de la actividad.
En materia financiera, la iniciativa plantea recuperar la facultad de constituir fondos con fines específicos, la garantía de que los recursos pertenecen al Instituto y no pueden ser apropiados por el Tesoro nacional, y el límite del 5% para los gastos de administración.
También propone restablecer la presunción de fraude aplicable a las ventas de yerba mate sin estampilla, contemplada en la redacción anterior de la ley.
El articulado establece que la derogación no afectará los actos cumplidos durante la vigencia de las disposiciones cuestionadas ni generará derechos a indemnizaciones, retroactivos o compensaciones por ese período. Asimismo, otorga al INYM un plazo de sesenta días desde la entrada en vigencia de la ley para dictar las normas necesarias para ejercer las facultades restituidas.
El segundo proyecto apunta a la reglamentación
La otra iniciativa aborda las restricciones incorporadas por el Decreto 812/2025 al reglamento del Instituto. Propone recuperar la redacción anterior de los artículos 8, 9 y 11 a 19 del Decreto 1240/2002.
En sus fundamentos, Ruiz señala que la nueva redacción del artículo 8 impidió al organismo dictar normas o establecer intervenciones que provocaran distorsiones en los precios de mercado, generaran barreras de entrada, limitaran la iniciativa privada o interfirieran en la interacción entre oferta y demanda.
La diputada sostiene que esas restricciones redujeron los instrumentos disponibles para actuar frente a los desequilibrios de la cadena. El texto menciona precios en chacra que llegaron a ubicarse hasta un 50% por debajo del costo de producción y pagos diferidos a 60, 90 y hasta 120 días, que obligan al productor a financiar la operación con su capital de trabajo.
La propuesta dispone que, dentro de los treinta días corridos de su entrada en vigencia, el INYM deberá relevar y restituir la normativa modificada, suspendida o derogada en cumplimiento del Decreto 812/2025, y publicar en el Boletín Oficial el listado correspondiente.
Además, incorpora una disposición que impide al Poder Ejecutivo dictar reglamentaciones que restrinjan, limiten o desnaturalicen las facultades conferidas al Instituto por la Ley 25.564.
La relación con la emergencia y el auxilio a productores
Los dos proyectos retoman el núcleo institucional de la propuesta de emergencia yerbatera de Ruiz, que contempla una declaración por un año, prorrogable por otro, y la recuperación permanente de las facultades regulatorias del INYM.
A su vez, el Programa Extraordinario de Sostenimiento Yerbatero, también impulsado por la diputada y abordado en la nota anterior, incorpora herramientas de asistencia para productores con hasta cincuenta hectáreas cultivadas: créditos del Banco Nación a tasa subsidiada y con un período de gracia mínimo de un año, suspensión temporal del inicio de ejecuciones fiscales y medidas cautelares de ARCA, compensaciones por la Tarifa Sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial y mayores controles sanitarios y de origen sobre las importaciones.
