Puertos y navegación: cómo será el nuevo régimen de excepciones a la Ley de Cabotaje
Argentina redefine el régimen de excepciones a la Ley de Cabotaje: la ANPYN centraliza el control y agiliza trámites
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La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) aprobó un nuevo procedimiento para el otorgamiento de excepciones a la Ley de Cabotaje Nacional, previsto en el artículo 6° del Decreto-Ley N° 19.492/44. La Resolución 41/2025, publicada el 9 de septiembre en el Boletín Oficial, deja sin efecto la Resolución 52/2021 del entonces Ministerio de Transporte y establece un esquema más ágil y transparente para autorizar embarcaciones extranjeras cuando no existan barcos argentinos disponibles.
Con este cambio, el organismo busca atender las necesidades del comercio marítimo y fluvial con mayor previsibilidad y seguridad jurídica, en un contexto en el que el 80% de los pedidos de excepción presentados en 2024 y 2025 no pudieron ser cubiertos por buques de bandera nacional.
El Decreto de Necesidad y Urgencia 3/2025 creó la ANPYN como autoridad portuaria nacional, en reemplazo de la antigua Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables. Este reordenamiento administrativo otorgó al organismo autarquía y capacidad para actuar tanto en el ámbito del derecho público como privado, bajo la órbita del Ministerio de Economía.
El marco legal de referencia es el Decreto-Ley 19.492/44, que estableció la reserva del cabotaje para embarcaciones de bandera argentina, salvo excepciones en casos de inexistencia de oferta nacional. Desde 2021, esos permisos eran gestionados por la cartera de Transporte, pero las demoras y la baja disponibilidad de barcos con matrícula local evidenciaron la necesidad de un cambio.
En los últimos dos años, sobre 130 publicaciones para cubrir operaciones de cabotaje, solo 23 recibieron ofrecimientos de buques de bandera y apenas 2 resultaron viables, según datos oficiales.
El nuevo procedimiento: digitalización y plazos claros
El Anexo I de la Resolución 41/2025 establece un procedimiento con tres pilares: digitalización de trámites, plazos mínimos y declaraciones juradas de inexistencia de buques disponibles en la matrícula nacionalanexo_7459769_1.
- Presentación digital: las solicitudes deberán realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), con un plazo mínimo de 3 días hábiles antes del inicio de la operación.
- Documentación exigida: se requerirán estatutos del solicitante, matrícula y certificados del buque, seguros (P&I, casco y maquinarias), contrato de servicio (si corresponde) y una declaración jurada sobre la inexistencia de alternativas nacionales.
- Certificado de Excepción: una vez aprobado, será válido por hasta 180 días y podrá presentarse ante Prefectura Naval, Aduanas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y otros organismos.
- Prórrogas y renovaciones: los permisos podrán extenderse por razones climáticas o técnico-operativas debidamente justificadas, e incluso renovarse de forma ilimitada siguiendo el mismo procedimiento.
El régimen también fija un control ex post: dentro de los 15 días hábiles posteriores a la operación, el peticionante deberá presentar documentación aduanera y un informe detallado. La falta de cumplimiento podrá derivar en la negativa de futuros permisos.
El Director Ejecutivo de la ANPYN, Iñaki Miguel Arreseygor, subrayó que el nuevo esquema “no busca flexibilizar la normativa, sino adaptarla a la realidad del sector”, garantizando transparencia y eficiencia.
Para las navieras extranjeras y cargadores, el procedimiento abre un canal más ágil para cubrir operaciones críticas de comercio, especialmente en tráficos regionales vinculados a la hidrovía Paraná-Paraguay y el Atlántico sur.
Sin embargo, desde el sector naviero local podrían surgir críticas: la posibilidad de renovar excepciones “de forma ilimitada” genera temores de una mayor extranjerización de los servicios, en detrimento de la flota nacional. El artículo 13 del anexo incluso habilita a los armadores locales a impugnar un certificado si demuestran que cuentan con un buque disponible en las mismas condiciones, lo que anticipa posibles conflictos administrativos y judiciales.
Desafíos y próximos pasos
El nuevo régimen busca equilibrar dos objetivos: preservar la prioridad de la bandera argentina en el cabotaje y, al mismo tiempo, evitar cuellos de botella logísticos por falta de flota nacional.
De cara al futuro, la clave estará en el desarrollo de una política integral para la marina mercante argentina: la agilización de excepciones puede dar previsibilidad a corto plazo, pero no sustituye el desafío estructural de fortalecer la flota de bandera.
La ANPYN queda posicionada como actor central en esa agenda, con capacidad regulatoria y de control sobre un sector clave para la competitividad de las exportaciones, la integración territorial y la soberanía logística del país.
