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Consumo con tarjeta y recesión productiva, las alertas que deja el último informe del IAG

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La estabilización macroeconómica no logra traducirse en una reactivación de la economía real. Un nuevo informe del Instituto Argentina Grande (IAG) advierte que el nivel de actividad permanece prácticamente estancado, con un ajuste fiscal histórico como principal ancla del superávit y un consumo que se mantiene únicamente a través del endeudamiento de los hogares. Según el relevamiento, el gasto público real cayó 27% respecto de 2023, el mayor recorte desde la salida de la Convertibilidad.

El documento, fechado el 23 de enero de 2026, señala que el resultado fiscal positivo se explica casi en su totalidad por esta contracción del gasto, que impacta de lleno en la inversión pública, las transferencias a provincias y el dinamismo del mercado interno, mientras la industria y la construcción continúan en terreno recesivo.

Ajuste fiscal récord y desplome de la inversión pública

El informe del IAG detalla que el superávit primario se sostiene sobre un ajuste sin precedentes en el gasto estatal. Las transferencias a las provincias registraron una caída superior al 70%, afectando de manera directa la capacidad de financiamiento de los gobiernos subnacionales.

Aún más profundo fue el recorte en la inversión pública, que se desplomó un 75% durante el último semestre, lo que derivó en la paralización de la obra pública a nivel nacional. Este freno no solo impacta sobre la actividad de la construcción, sino que también arrastra a sectores vinculados a insumos, empleo y economías regionales.

Desde el punto de vista institucional, el informe subraya que el actual esquema fiscal privilegia el equilibrio de las cuentas públicas mediante una contracción del gasto real, sin que hasta el momento se observen señales de compensación a través de mayor inversión privada o recuperación sostenida del consumo.

Consumo a crédito, ventas en caída y recesión industrial

En el frente del consumo, el panorama es igualmente restrictivo. El relevamiento indica que las ventas en supermercados y comercios acumulan caídas de dos dígitos, reflejando el deterioro del poder adquisitivo. En ese contexto, el consumo se sostiene exclusivamente mediante tarjetas y crédito, una señal de fragilidad para la demanda interna.

En términos de actividad, el Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) muestra un crecimiento “casi nulo”, con industria y construcción aún en niveles recesivos, lo que confirma que la estabilidad macro no logró reactivar los principales motores productivos.

El informe advierte que esta dinámica configura un escenario de estancamiento, donde el ajuste fiscal reduce el impulso de la economía real y el consumo financiado actúa como único sostén transitorio del mercado interno.

Estabilidad cambiaria frágil y rol del Banco Central

En el plano financiero, el IAG señala que la estabilidad cambiaria continúa siendo frágil. Tras el pago a bonistas del 9 de enero, que se cubrió parcialmente mediante un repo con bancos por USD 4.900 millones, el Banco Central retomó la compra de divisas.

En las primeras semanas de enero, la autoridad monetaria acumuló USD 900 millones, una señal de recomposición de reservas que, sin embargo, se da en un contexto de fuerte ajuste fiscal y contracción de la demanda interna.

El informe sugiere que, si bien la política cambiaria logró evitar tensiones inmediatas, la sostenibilidad del esquema dependerá de una eventual recuperación de la actividad y de un equilibrio más estable entre disciplina fiscal y crecimiento económico.

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El Gobierno frena la subasta del predio Pro.Cre.Ar en Paraná y redefine la liquidación del fondo

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El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Obras Públicas, resolvió dejar sin efecto la subasta pública del inmueble conocido como Predio “Paraná”, en la ciudad de Paraná, Entre Ríos, que formaba parte de los activos del disuelto Fondo Fiduciario Pro.Cre.Ar. La decisión, formalizada mediante la Resolución 9/2026, se apoya en razones de oportunidad, mérito y conveniencia administrativa vinculadas a la redefinición de prioridades en el proceso de liquidación del fondo y reconfigura la estrategia oficial sobre la administración y disposición de bienes heredados del programa habitacional.

La medida fue adoptada el 20 de enero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 21 de enero, sin que se hubiera perfeccionado el procedimiento licitatorio ni consolidado derechos subjetivos a favor de terceros, según consta en los considerandos.

Disolución del Pro.Cre.Ar y revisión de los activos inmobiliarios

El Predio “Paraná” estaba alcanzado por el proceso de liquidación del Fondo Fiduciario Público “Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar” (Pro.Cre.Ar), disuelto por el Decreto N° 1018 del 12 de noviembre de 2024, que puso fin al esquema creado originalmente por el Decreto N° 902/2012.

En ese marco, el artículo 2° del Decreto 1018/24 encomendó al Ministerio de Economía la realización de todos los actos necesarios para la liquidación del fondo fiduciario, de acuerdo con el contrato de fideicomiso del 18 de julio de 2012 y la normativa complementaria, incluyendo el Decreto N° 695/2024 y la Resolución N° 796/2024 del propio Ministerio.

Asimismo, el artículo 4° del decreto dispuso la celebración de un contrato con el Banco Hipotecario S.A. para la administración, disposición y regularización dominial de los bienes muebles e inmuebles del ex Pro.Cre.Ar. En cumplimiento de ese mandato, el 4 de septiembre de 2025 se firmó el Contrato de Mandato para la Administración y Disposición de Inmuebles entre la Secretaría de Obras Públicas y el banco, estableciendo que el mandatario actuaría conforme a las instrucciones del mandante, representado por la Dirección Nacional de Gestión de Obras.

Dentro de esas tareas se incluyó el análisis de los desarrollos urbanísticos que se encontraban en ejecución al momento de la disolución del fondo, muchos de los cuales quedaron suspendidos a la espera de definiciones sobre su continuidad, entre ellos el predio ubicado en la capital entrerriana.

La subasta autorizada y luego anulada

El inmueble denominado Predio “Paraná” está ubicado en Avenida Ejército 2751, entre Pablo H. Crausaz y General José María Sarobe, en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos. Se trata de un terreno identificado catastralmente como Distrito UR9, Sección 12, Grupo 29, Manzana 1, Lote A1 y Lote 24, con una superficie total de 49.990,56 metros cuadrados.

La Resolución N° 500 del 17 de diciembre de 2025 de la Secretaría de Obras Públicas había autorizado la convocatoria a la Subasta Pública N° 504-0002-SPU25 para su venta, bajo el régimen previsto en el artículo 24 del Decreto N° 1023/2001, que regula las contrataciones de la Administración Nacional. En esa misma norma se aprobaron el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las especificaciones técnicas y se delegaron facultades operativas para el desarrollo del procedimiento.

Sin embargo, apenas un mes después, la nueva Resolución 9/2026 dejó sin efecto esa autorización. Según el texto oficial, la decisión responde al ejercicio de la potestad discrecional de la Administración, sustentada en razones de interés público y en “las circunstancias actuales y sobrevinientes” relacionadas con el predio, en el contexto de la liquidación del fondo fiduciario.

El acto administrativo aclara que la subasta fue anulada antes de que se perfeccionara el procedimiento, por lo que no se generaron derechos adquiridos para eventuales oferentes.

Señales de la gestión sobre el Pro.Cre.Ar

La decisión de frenar la subasta del Predio “Paraná” se inscribe en un proceso más amplio de revisión de activos y redefinición de prioridades por parte del Ministerio de Economía en el cierre definitivo del Pro.Cre.Ar. En términos institucionales, refuerza el criterio de que la disposición de inmuebles no responde a un esquema automático de venta, sino a evaluaciones caso por caso en función de los objetivos de la gestión y del interés público comprometido.

Para el mercado y los actores vinculados a la obra pública y al desarrollo urbano, la medida introduce un factor de cautela respecto del destino de los inmuebles provenientes del ex programa habitacional, muchos de ellos con obras iniciadas o parcialmente ejecutadas. Al mismo tiempo, expone el margen de discrecionalidad que conserva el Poder Ejecutivo en los procesos de liquidación de fondos fiduciarios públicos, aun cuando ya se hayan iniciado procedimientos de contratación.

La Resolución 9/2026 fue dictada en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9° inciso h) del Decreto N° 1030/2016, reglamentario del régimen de contrataciones, y por los artículos 1° y 2° de la Resolución N° 764/2025 del Ministerio de Economía. Su publicación en el sistema COMPR.AR formaliza la anulación de la subasta y deja abierto el interrogante sobre el futuro uso o disposición del predio entrerriano dentro del proceso de liquidación del Pro.Cre.Ar.

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El Gobierno reglamentó la ejecución del Presupuesto 2026, créditos, cargos y límites al gasto

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Con la Decisión Administrativa 1/2026, publicada el 20 de enero, la Jefatura de Gabinete avanzó en la distribución detallada del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026. La norma asigna créditos, cargos y recursos a todas las jurisdicciones y organismos, define qué partidas serán indicativas, refuerza los mecanismos de control y establece límites precisos para las modificaciones presupuestarias, la obra pública y la asistencia a empresas estatales.

La medida, firmada por el Jefe de Gabinete de Ministros y el Ministro de Economía, se dicta en el marco de la Ley 27.798 de Presupuesto 2026, promulgada por el Decreto 932/2025, y constituye el instrumento central que habilita la ejecución efectiva del gasto público durante el ejercicio en curso.

Distribución de créditos, cargos y recursos: el andamiaje operativo del Presupuesto 2026

La Decisión Administrativa 1/2026 dispone la distribución de los gastos corrientes y de capital, gastos figurativos, aplicaciones financieras, recursos, contribuciones figurativas, fuentes financieras, cargos y horas de cátedra previstos en la Ley 27.798, conforme al detalle de las planillas anexas que integran la norma.

La asignación se realiza teniendo en cuenta las adecuaciones institucionales del Poder Ejecutivo Nacional introducidas por el Decreto 50/2019 y sus modificatorios, así como por los Decretos 866/2025 y 942/2025. En este último caso, se incorpora formalmente la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, transfiriendo a esa cartera los créditos, bienes, personal y obligaciones de la ex Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), con garantía de continuidad en la prestación de servicios.

Además, la decisión administrativa reglamenta aspectos operativos centrales del presupuesto:

  • La distribución de cargos y horas de cátedra en toda la Administración Pública Nacional.
  • La obligación de que las jurisdicciones y entidades informen trimestralmente la evolución de sus plantas de personal y contrataciones, cualquiera sea su modalidad o fuente de financiamiento.
  • La exigencia de certificar vacantes y su financiamiento para cubrir cargos, según lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 27.798.

En materia de aportes al Tesoro, se fija un cronograma de contribuciones en cuatro cuotas iguales con vencimientos el 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 15 de diciembre de 2026, y se establece que los remanentes de recursos del ejercicio 2025 deberán ingresar a la Tesorería General de la Nación antes del 30 de octubre de 2026, salvo excepción legal.

Partidas indicativas, control del gasto y límites a las reestructuraciones

Uno de los ejes centrales de la norma es la definición del carácter indicativo o limitativo de las partidas presupuestarias, una herramienta clave para el manejo del gasto en un contexto de administración estricta de los recursos públicos.

La decisión establece como montos presupuestarios indicativos a la totalidad de las partidas de:

  • Bienes de consumo (Inciso 2).
  • Servicios no personales, con excepción de los gastos reservados (Inciso 3).
  • Bienes de uso (Inciso 4).
  • Transferencias (Inciso 5).
  • Incremento de activos financieros (Inciso 6).
  • Servicio de la deuda y disminución de otros pasivos (Inciso 7).
  • Otros gastos (Inciso 8).

También tendrán carácter indicativo las asignaciones correspondientes a actividades específicas, programas, subprogramas, proyectos de obra y la clasificación geográfica del gasto, lo que otorga flexibilidad operativa, aunque bajo un esquema reforzado de control ex post.

En paralelo, se determinan con precisión las facultades para realizar modificaciones presupuestarias, delimitando qué tipo de reestructuraciones pueden efectuar ministros, secretarios, titulares de organismos, la Secretaría de Hacienda y la Oficina Nacional de Presupuesto. Se prohíben, entre otras cuestiones, los cambios que impliquen alterar la distribución de finalidades o incrementar gastos corrientes en detrimento de gastos de capital, en línea con el artículo 37 de la Ley 24.156 de Administración Financiera.

Las modificaciones deberán ser notificadas a la Oficina Nacional de Presupuesto dentro de los cinco días hábiles, y ese organismo contará con ocho días hábiles para expedirse sobre su razonabilidad. Vencido ese plazo sin observaciones, la modificación quedará automáticamente vigente.

Inversión pública, empresas estatales y mayor centralización financiera

La decisión administrativa refuerza los mecanismos de control sobre la obra pública y las inversiones. Las jurisdicciones y entidades no podrán contratar obras ni adquirir bienes de uso sin contar previamente con la calificación de “Formulación y evaluación satisfactoria” emitida por la Dirección Nacional de Inversión Pública, y deberán ajustarse a los montos máximos vigentes establecidos por la normativa específica.

En cuanto a las empresas públicas no financieras, se dispone que toda asistencia financiera, transferencias o aportes de capital con recursos del Tesoro Nacional se asignen exclusivamente en la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro, evitando la dispersión de créditos y facilitando el seguimiento de la ejecución presupuestaria. Estas transferencias quedarán condicionadas al cumplimiento estricto de lo dispuesto por la Ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto.

Asimismo, las jurisdicciones con partidas destinadas a Gastos de Inteligencia y Gastos Reservados deberán contar con la conformidad previa de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) antes de solicitar modificaciones presupuestarias o reprogramaciones de ejecución.

Impacto institucional y proyección

La Decisión Administrativa 1/2026 consolida un esquema de centralización financiera, mayor control del gasto y reglas más estrictas para la ejecución presupuestaria, en línea con las facultades otorgadas al Jefe de Gabinete por la Constitución Nacional y la Ley de Administración Financiera.

Decisión Administrativa 1/2026 by CristianMilciades

Para las jurisdicciones y organismos, el impacto es inmediato: mayor exigencia en la programación física de los programas, límites claros a la reasignación de créditos y una supervisión reforzada sobre personal, inversión y transferencias. Para el Tesoro Nacional, la norma apunta a mejorar la previsibilidad de ingresos, reducir remanentes ociosos y ordenar la asistencia al sector público empresarial.

anexo 1 D A 1/2026 by CristianMilciades

En términos políticos e institucionales, la decisión administrativa funciona como la pieza operativa central del Presupuesto 2026, traduciendo la ley sancionada por el Congreso en reglas concretas de ejecución que condicionarán el margen de maniobra de toda la Administración Pública durante el año.

anexo 2 D A 1/2026 by CristianMilciades

anexo 3 D A 1/2026 by CristianMilciades

anexo 4 D A 1/2026 by CristianMilciades

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El costo de la construcción cerró 2025 con un alza del 22,9% interanual, según el INDEC

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El costo de la construcción en el Gran Buenos Aires registró en diciembre de 2025 un incremento del 1,4% respecto de noviembre y una variación interanual del 22,9%, según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El dato confirma la persistencia de presiones inflacionarias en uno de los sectores más sensibles para la inversión, la obra pública y el mercado inmobiliario, con impacto directo sobre los costos de edificación y los precios finales de la vivienda.

La información surge del Índice del Costo de la Construcción (ICC) correspondiente a diciembre de 2025, difundido oficialmente el 19 de enero de 2026, dentro de los informes técnicos del organismo estadístico nacional.

Composición del aumento: materiales, salarios y gastos generales

De acuerdo con el informe, el aumento mensual del 1,4% del nivel general fue consecuencia de alzas en los tres capítulos que integran el indicador: Materiales (+1,6%), Mano de obra (+1,3%) y Gastos generales (+1,3%).

En términos interanuales, la evolución muestra una dispersión significativa entre los componentes: Materiales: +21,3%. Mano de obra: +23,7%. Gastos generales: +25,5%

Este comportamiento revela que los mayores aumentos se concentraron en los costos indirectos y de operación, por encima incluso de los materiales y los salarios directos, lo que introduce un factor adicional de presión estructural sobre los presupuestos de obra.

La incidencia mensual sobre el nivel general fue liderada por Materiales (0,68 puntos porcentuales) y Mano de obra (0,63 p.p.), mientras que Gastos generales aportó 0,14 p.p., según el cuadro de incidencia elaborado por el INDEC.

Factores explicativos: acuerdos salariales y actualizaciones tarifarias

El informe identifica con precisión los factores que explican la dinámica de diciembre. En el capítulo Mano de obra, el INDEC señala que el incremento refleja el acuerdo salarial de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA), fechado el 14 de noviembre de 2025 y homologado mediante la Resolución DI-2025-2639-APN-DNRYRT#MCH el 20 de noviembre de 2025, aplicable a las categorías laborales del Convenio Colectivo de Trabajo 76/75 desde diciembre, junto con una asignación no remunerativa y extraordinaria derivada de dicha resolución.

El mismo documento aclara que el aumento en las categorías laborales también impactó en el capítulo Gastos generales, dado que este incluye el ítem “Sereno”, alcanzado por la normativa salarial.

En cuanto a los Gastos generales, el INDEC detalla que el capítulo incorpora: Los nuevos valores tarifarios aprobados por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) para Edenor y Edesur desde el 1° de diciembre, en el marco de las revisiones tarifarias integrales, conforme a las resoluciones ENRE 798/25 y 797/25. Una actualización autorizada por la Resolución RESOL 2025-11-APN-SOP#MEC de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía en los valores de consumo y conexiones de agua y cloaca. Una actualización dispuesta por el ente regulador ENARGAS en los valores de todos los conceptos de conexión de gas.

Este entramado normativo confirma que una parte relevante del aumento del ICC responde a decisiones regulatorias y tarifarias, además de la negociación colectiva salarial, lo que refuerza el carácter institucional del proceso de formación de costos en el sector.

Dinámica sectorial y repercusiones en la actividad

El capítulo Materiales, que representa el 46% de la ponderación total del índice, mostró aumentos destacados en insumos clave. Entre los mayores incrementos mensuales se observaron: Artefactos de iluminación y portero eléctrico: +3,6%. Cemento, cal y yeso: +2,9%. Mesadas de granito: +2,9%. Hierro para la construcción: +2,8%. Piezas de carpintería y cables eléctricos: +2,2%.

En contraste, algunos rubros registraron bajas o subas marginales, como muebles de madera para cocina (-0,7%) o productos de cobre, plomo y estaño (+0,2%), lo que evidencia una dinámica heterogénea dentro del universo de insumos.

Por ítem de obra, los mayores aumentos mensuales se verificaron en Ascensores (+1,9%), Yesería (+1,9%), Pintura (+1,7%), Instalación eléctrica (+1,6%) y Vidrios (+1,6%), mientras que las menores variaciones se dieron en Carpintería metálica y herrería (+0,4%) y Movimiento de tierra (+1,1%).

Desde el punto de vista económico, esta estructura de aumentos impacta directamente en: La viabilidad financiera de proyectos inmobiliarios privados. Los presupuestos de obra pública y su actualización contractual. La dinámica de precios del mercado de vivienda nueva.

Asimismo, la persistencia de aumentos por encima del 20% interanual en todos los capítulos sugiere que el sector continúa operando bajo un esquema de costos elevados, con potencial traslado a precios finales y efectos sobre la accesibilidad habitacional.

Relevancia institucional del ICC y proyección

El INDEC recuerda que el ICC se utiliza como referencia para la actualización de contratos de obra pública en el marco del Decreto 1.295/02, lo que convierte a este indicador en una variable clave para la gestión fiscal, la ejecución presupuestaria y la planificación de infraestructura.

Metodológicamente, el índice mide la variación mensual del costo de la construcción privada de viviendas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los 24 partidos del conurbano bonaerense, excluyendo terreno, derechos de construcción, honorarios profesionales, IVA, gastos financieros y beneficio empresario.

En este marco, el cierre de 2025 con una suba interanual del 22,9% consolida al costo de la construcción como uno de los componentes más persistentes de la inflación sectorial, con implicancias directas sobre inversión, empleo y política habitacional.

Costo Construcción INDEC by CristianMilciades

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Fuerte ajuste fiscal: el gasto cayó 27,2% real y el Gobierno cumplió la meta con el FMI en 2025

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El Sector Público Nacional (SPN) cerró diciembre de 2025 con un déficit primario de $2,88 billones y un déficit financiero de $3,29 billones, en un contexto de fuerte consolidación del ajuste fiscal iniciado en 2024. Según el informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), la contracción real del gasto —14,4% interanual en diciembre y 27,2% en la comparación 2025 versus 2023— compensó la caída de los ingresos y permitió cumplir holgadamente la meta fiscal comprometida con el FMI, aunque a costa de una reducción significativa en prestaciones sociales, subsidios, obra pública, salarios estatales y transferencias a universidades.

Ajuste fiscal consolidado y resultado financiero “oculto” por capitalización de intereses

Durante diciembre de 2025, los ingresos totales del SPN alcanzaron los $12,07 billones, con una caída interanual real del 7,1%, mientras que el gasto total sumó $14,95 billones, con un leve incremento interanual del 1,7%. En términos reales, el ajuste se evidencia con claridad al comparar contra 2023: el gasto se contrajo 16,1% en diciembre y 27,2% en el acumulado anual, frente a una reducción de los ingresos del 0,3% y 8,1%, respectivamente.

El informe advierte, sin embargo, sobre un déficit financiero implícito. El Tesoro priorizó en sus licitaciones la emisión de títulos en pesos capitalizables —LECAP, BONCAP y DUALES—, cuyos intereses no se registran como gasto corriente. Así, aunque el resultado financiero mensual fue negativo en $3,29 billones, al incorporar los intereses capitalizados por $4,08 billones, el rojo ascendería a $7,37 billones en diciembre. En el acumulado anual, el déficit financiero implícito alcanzaría los $28,59 billones.

Este mecanismo permitió sostener un resultado fiscal formalmente consistente con el programa financiero, pero introduce tensiones hacia adelante en materia de sostenibilidad de la deuda en pesos.

Ingresos en retroceso y presión tributaria reconfigurada

La evolución de los ingresos muestra un desempeño dispar. La caída interanual real del 7,1% en diciembre se explica principalmente por:

  • Bienes Personales: -23,1% interanual, afectado por la base de comparación tras la prórroga de pagos en 2024.
  • Impuesto a las Ganancias: -2,4% interanual.
  • Resto de tributos: -11,8% interanual, por la eliminación del Impuesto PAIS a fines de 2024, que en 2025 habría aportado $9,09 billones a valores reales.
  • Derechos de Exportación: -57,7% interanual, tras liquidaciones anticipadas y la aplicación del Decreto 682/2025, que redujo transitoriamente las retenciones al 0%. El informe anticipa nuevas caídas en los próximos meses.

En contraste, los Derechos de Importación crecieron 9,0% interanual, impulsados por un aumento de las importaciones, especialmente de bienes de consumo y vehículos, mientras que el IVA volvió a caer en términos reales (-4,2%), reduciendo su participación sobre el total de recursos.

Gasto público: recorte social, obra pública paralizada y universidades ajustadas

El ajuste del gasto impactó de manera heterogénea. Las Prestaciones Sociales crecieron 6,0% interanual en diciembre, pero al comparar ejercicios completos (2025 vs. 2023) registran una caída real del 11,5%. Dentro del rubro, solo la Asignación Universal para Protección Social mostró un aumento significativo (+71,2%), mientras que se verificaron fuertes reducciones en Asignaciones Familiares (-24,3%), Pensiones no contributivas (-12,6%) y “Otros programas” (-51,4%), donde se incluyen Tarjeta Alimentar, comedores, ex Potenciar Trabajo, Acompañar y Becas Progresar.

Los subsidios económicos se redujeron 52,4% interanual en términos reales, con una baja del 42,9% en transporte, asociada a la discontinuidad de compensaciones tarifarias en el AMBA vía SUBE, y un derrumbe del 98,5% en el subrubro “Otras funciones”.

La obra pública profundizó su parálisis: el gasto de capital cayó 47,7% interanual en diciembre y 78,8% en el acumulado de 2025 frente a 2023, sin señales de recuperación. En paralelo, los salarios de la administración pública nacional continuaron perdiendo contra la inflación, con una caída real del 36,0% respecto de 2023.

En Universidades Nacionales, diciembre de 2025 no registró el pago de aguinaldos —a diferencia de 2024— y, de haberse abonado, el gasto adicional habría sido de $0,60 billones. En términos acumulados, el recorte alcanza el 32,8% frente a 2023.

Meta fiscal con el FMI cumplida y tensiones hacia adelante

Pese al déficit de diciembre, el SPN acumuló en 2025 un superávit fiscal de $11,77 billones, superando en $1,25 billones la meta de diciembre acordada con el FMI tras la revisión de agosto de 2025, que fijó un objetivo estricto de $10,88 billones.

El cumplimiento de la meta refuerza la consistencia del programa fiscal ante el organismo internacional y habilita la continuidad de los desembolsos previstos. No obstante, el informe del CEPA subraya que el equilibrio se sostiene sobre un ajuste profundo y persistente del gasto real y una estrategia financiera que posterga el reconocimiento de intereses, lo que plantea interrogantes sobre su sostenibilidad económica, social e institucional en el mediano plazo.

CEPA Informe iscal 2025 Argentina by CristianMilciades

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