Tiene media sanción el monotributo especial para trabajadores cañeros y tabacaleros
El proyecto apunta a simplificar la situación fiscal de estos trabajadores, que pagarán lo mínimo una vez al año y quedarán exentos de impuestos generales; a la vez, el régimen será compatible con otros beneficios sociales, y se pagará el 50% en concepto de jubilación y el 50% en concepto de obra social.
Un requisito es no haber obtenido en los últimos doces meses un ingreso bruto superior al máximo previsto para la categoría D del Monotributo, que actualmente está en 322.500.
Ese valor se actualizará todos los años sin tomar en cuenta otros ingresos como asignaciones familiares, jubilaciones, pensiones, o programas de inclusión social.
Los productores quedarán exentos del impuesto integrado que reemplaza el IVA más ganancias, y únicamente deberán pagar aportes jubilatorios (SIPA) y de obra social (Sistema Nacional de Servicios de Salud), pero reducido en un 50% en ambos casos.
Esto significa que por ejemplo en la categoría A que es la mínima, el impuesto integrado queda exento, el aporte jubilatorio será de 384 pesos por mes y el aporte de obra social de 536 por mes, que totaliza 920 pesos, de los cuales los inscriptos a este nuevo régimen pagarán el 50% de ese monto, es decir 460$ por mes.
En paralelo al Presupuesto 2019, la Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado esta madrugada, con distinto grado de apoyo, tres proyectos complementarios a la “ley de leyes” y un régimen de monotributo especial para pequeños productores cañeros y tabacaleros.
Uno de los proyectos aprobados fue la ratificación de la adenda al Consenso Fiscal, que obtuvo 140 votos a favor, 22 en contra y 23 abstenciones.
El texto fue firmado por 19 gobernadores y apunta a flexibilizar el esfuerzo fiscal al que se habían comprometido las provincias como parte del Consenso Fiscal 2017, pues ahora deberán afrontar el costo del traspaso de los subsidios al transporte público y de la tarifa eléctrica diferencial.
En la adenda, los mandatarios se comprometieron a derogar exenciones totales o parciales del impuesto a las Ganancias para funcionarios y empleados públicos nacionales, provinciales y municipales, así como exenciones sobre actividades de ahorro, de crédito y financieras.
En segundo término, y en el marco de la Ley de Responsabilidad Fiscal, se habilita la posibilidad de incrementar el límite del gasto público corriente primario neto para el ejercicio fiscal 2019 en las provincias cuyo gasto en 2018 haya variado menos que el IPC (Índice de Precios al Consumidor).
Asimismo, se permite que los gastos que se deriven del traspaso de subsidios quede excluido de la regla establecida en el artículo 10 de la mencionada ley, que indica que el crecimiento del gasto público corriente primario no podrá superar la variación de la inflación.
Por otra parte, en la adenda se pospuso por un año calendario el cronograma establecido para la reducción progresiva del impuesto a los Sellos -se preveía su eliminación en 2022-.
Por último, el Estado Nacional se comprometió a incluir en el Presupuesto 2019 un artículo por el cual la ANSES transfiera mensualmente a las provincias que suscribieron el Consenso Fiscal y que no transfirieron sus regímenes previsionales a la Nación, en concepto de anticipo a cuenta, “el equivalente a una doceava parte del último monto total del déficit -provisorio o definitivo- determinado”.
Los gobernadores que no suscribieron a la adenda fueron el formoseño Gildo Insfrán, el santafesino Miguel Lifschitz, la santacruceña Alicia Kirchner, el pampeano Carlos Verna y el puntano Alberto Rodríguez Saá.
El resto del paquete
La Cámara baja también aprobó este jueves, con 130 votos a favor, 38 en contra y 8 abstenciones, el proyecto para que el mínimo no imponible del impuesto a los Bienes Personales pase de los $1.050.000 pesos actuales a $2.000.000 a partir de los ejercicios fiscales 2019 y siguientes, y a su vez se establece un esquema de progresividad del tributo.
Así, aquellos que declaren bienes por entre $2.000.000 y $5.000.000 pagarán una tasa de 0,25%; de $5.000.000 a $10.000.000 tributarán 0,50%, y a partir de los $20.000.000, la tasa será de 0,75%.
En el recinto, Cambiemos impuso una modificación para eliminar definitivamente el cobro de Bienes Personales a los inmuebles rurales, luego de haber evaluado, como paso intermedio, la posibilidad del pago a cuenta de Ganancias.
El tercer proyecto que recibió media sanción consiste en actualizar los criterios del revalúo de ganancias de empresas sobre índice de precios, y obtuvo 139 votos a favor, 36 negativos y hubo 8 abstenciones.
De acuerdo a la ley sancionada a fines del año pasado, las empresas podían ajustar por única vez sus balances cuando el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) superara el 100% en tres años -hasta 2020-, o cuando en cada período se superara el 33% anual, lo que sucedió en agosto pasado.
Por eso, con el nuevo proyecto del oficialismo toma en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en lugar del IPIM, y busca que el ajuste por inflación pase del 33% al 40%.
En ese tema el diputado Marco Lavagna hizo una propuesta para exceptuar a las Pymes de dichas modificaciones.