El Tesoro busca extender vencimientos con una conversión de deuda dólar linked

Finanzas avanza con la conversión de una letra dólar linked y ofrece extender vencimientos hasta junio de 2026

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La Secretaría de Finanzas lanzó una operación de conversión voluntaria de la Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar con vencimiento el 30 de enero de 2026 (LELINK D30E6), en el marco del artículo 2° del Decreto 846/24. La medida busca administrar el perfil de vencimientos de deuda en moneda vinculada al tipo de cambio y ofrecer a los inversores alternativas de reinversión a plazos más largos, en un contexto de normalización del mercado de deuda y ordenamiento financiero.

La conversión estará disponible para los tenedores de la LELINK D30E6 y se instrumentará a través de una licitación con tres opciones de nuevos instrumentos dólar linked, todos a precio y sin pago de comisiones. La recepción de ofertas comenzará a las 11:30 y finalizará a las 15:00 del jueves 22 de enero de 2026, mientras que la liquidación se realizará el martes 27 de enero de 2026 (T+3).

Detalles de la conversión y los instrumentos ofrecidos

La operación se enmarca formalmente en el artículo 2° del Decreto 846/2024, que habilita la suscripción en especie, y está dirigida exclusivamente a los tenedores de la LELINK D30E6, una letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar estadounidense, cero cupón, con vencimiento el 30 de enero de 2026.

Los participantes podrán optar por una o más de las siguientes alternativas:

  • Opción 1:
    Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar estadounidense, cero cupón, con vencimiento 27 de febrero de 2026 (reapertura).
    Especie: LELINK – Código: D27F6.
  • Opción 2:
    Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar estadounidense, cero cupón, con vencimiento 30 de abril de 2026 (reapertura).
    Especie: LELINK – Código: D30A6.
  • Opción 3:
    Bono del Tesoro Nacional vinculado al dólar estadounidense, cero cupón, con vencimiento 30 de junio de 2026 (reapertura).
    Especie: Bono dólar linked – Código: TZV26.

En todos los casos, el parámetro de licitación será el precio, expresado en dólares estadounidenses por cada VNO USD 1.000, con dos decimales. El monto máximo a colocar estará limitado por el autorizado por la normativa vigente.

La oferta mínima será de VNO USD 10.000, y los montos superiores deberán ser múltiplos de VNO USD 1. El precio de mercado ajustado de la LELINK D30E6 para una liquidación T+3 será anunciado el día de la licitación, previo a su apertura.

Mecanismo de liquidación y garantías operativas

Para determinar la cantidad de valor nominal original (VNO) de la LELINK D30E6 que cada participante deberá transferir, se aplicará la siguiente fórmula:

VNO LELINK D30E6 = VNO Nuevo Instrumento × Precio de corte del Nuevo Instrumento / Precio de la LELINK D30E6

Los VNO resultantes se redondearán al entero más cercano según la denominación mínima del instrumento.

Antes de las 17 horas del lunes 26 de enero de 2026 (T+2), los participantes con ofertas aceptadas deberán realizar una única transferencia del título elegible desde su cuenta en la CRYL del BCRA a la cuenta de la Secretaría de Finanzas N° 99990-01 en esa entidad. En caso de que los títulos se encuentren depositados en Caja de Valores S.A., los oferentes deberán gestionar previamente su traslado a la CRYL para cumplir con los plazos establecidos.

La normativa prevé un esquema específico ante eventuales incumplimientos. Al tratarse de una suscripción en especie, si no se entregara la LELINK D30E6 comprometida, la liquidación se realizará mediante el débito en pesos del valor efectivo en la cuenta CRYL de la entidad oferente, según la siguiente fórmula:

Monto efectivo = VNO Nuevo Instrumento × Precio de corte del Nuevo Instrumento / 1000 × 1,20 × TCR

El TCR será el tipo de cambio de referencia publicado por el BCRA conforme a la Comunicación “A” 3500, correspondiente al 26 de enero de 2026 (T+2) o al día hábil previo a la fecha de liquidación, según el caso.

El 27 de enero de 2026 (T+3), la CRYL acreditará los nuevos instrumentos en la cuenta de cada participante y, en situaciones de incumplimiento, primero debitará el monto efectivo correspondiente y luego procederá a la entrega del instrumento adjudicado.

Marco normativo e impacto en el mercado de deuda

La licitación se realizará de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Resolución Conjunta de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda N° 9/2019, con las salvedades específicas aplicables a la conversión de activos no contenidos en esa norma.

Desde el punto de vista financiero, la operación apunta a descomprimir vencimientos concentrados a fines de enero de 2026, ofreciendo a los inversores la posibilidad de extender plazos hasta febrero, abril o junio del mismo año, sin salir del universo de instrumentos dólar linked. Para el Tesoro, la conversión contribuye a ordenar el cronograma de pagos, mejorar la previsibilidad y sostener la estrategia de financiamiento en instrumentos atados al tipo de cambio oficial.

En términos de mercado, la iniciativa podría ser bien recibida por los inversores institucionales que buscan cobertura cambiaria de corto y mediano plazo, aunque la adhesión dependerá de los precios de corte y de las expectativas sobre el tipo de cambio y la política monetaria hacia 2026.

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