Las medidas económicas y el Presupuesto 2023 son los ejes de la coyuntura semanal según la Fundación Praxis
Desde la Fundación Praxis analizaron la prorroga de la Ley de incentivo a la construcción Federal Argentina y acceso a la vivienda y pusieron la mirada en el Presupuesto 2023 que debe presentar al Congreso el Ejecutivo nacional
Desde la Fundación Praxis analizaron la prorroga de la Ley de incentivo a la construcción Federal Argentina y acceso a la vivienda y pusieron la mirada en el Presupuesto 2023 que debe presentar al Congreso el Ejecutivo nacional
Antes del 15 de septiembre, el ejecutivo nacional debe presentar el proyecto de presupuesto 2023. Es por ello, que el mismo se elabora en base a un crecimiento del 3,5 del PBI, inflación del 60% y déficit fiscal de 1,9 % del PBI.
Entre los principales efectos esperados, incluyen un crecimiento económico de 3 a 3,5%, una inflación del 60% y una mejora en el resultado del comercio exterior (fruto de las menores importaciones de energía que se esperan para el año próximo.
Se proyectará un déficit primario de 1,9% del PBI, porcentaje el establecido en el programa aprobado con el FMI.
En cuanto al dólar semanal, cerraría el blue cerca de los $300, rebotando, luego de haber tocado piso en $282 el 01/08. El dólar ahorro o dólar solidario-que incluye el 30% del impuesto PAÍS y el 35% deducible del impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales- cotiza a $232,60. El Gobierno prohibirá que los usuarios de energía eléctrica y gas que hayan realizado el trámite para contar con subsidios a las tarifas tengan acceso al dólar “ahorro”.
INFLACIÓN:: Los alimentos son uno de los rubros más afectados por la inflación, trepando en la semana 1,9% respecto de la semana previa. Además del rubro alimenticio, otro sector que presionara al índice de agosto es la nafta, que desde el Domingo 21/08 YPF anuncio un aumento promedio de7,5%
Sobre la Ley de incentivo a la construcción Federal Argentina y acceso a la vivienda. La Fundación Praxis analizó la extensión por un año punto por punto:
• Objetivo: brindar incentivos impositivos para quienes declaren bienes y que incluye parte del programa “puente al empleo” referido a la conversión de los planes sociales en trabajo genuino.
• Establece un impuesto especial sobre el valor de la tenencia que se declare, expresada en moneda nacional al momento de ingreso a la cuenta especial.
• Los bienes ingresados desde la fecha de entrada en vigencia de esta ley y hasta transcurrido el plazo de 90 días corridos, la alícuota que deberán tributar será del 5%.
• Los ingresados desde el día siguiente de vencido primer plazo y hasta transcurrido otros 90 días, la tasa será del 10%.
• Los declarados desde el día siguiente de vencido el segundo plazo y hasta transcurrido 180 días corridos, abonarán una alícuota del 20%.
• El destino del blanqueo es la realización de inversiones en construcción para uso propio o desarrollo de proyectos inmobiliarios, que estén avanzados en un 50% al momento de entrada en vigencia de la ley o se puedan finalizar en un período de 360 días contados desde ese momento.
• El monto blanqueado queda eximido del Impuesto a los Bienes Persónale. Esta exención rige para el “valor de las inversiones en proyectos de inversión realizadas y desarrolladas, directamente o a través de terceros”.
• Se exime al capital que se exteriorice por este régimen del pago del Impuesto a las Ganancias, al cheque, a las salidas no documentadas, a la transferencia de inmuebles e IVA. Además, quienes adhieran quedan liberados de declarar ante la AFIP la fecha de compra y el origen de las tenencias.
• Se busca incorporar al empleo en las obras públicas y/o privadas que se enmarquen en el régimen de incentivo a las personas que sean beneficiarias de programas sociales, pero sin que pierdan esa asistencia.
• Las y los titulares de programas sociales y de empleo” que sean contratadas en el marco del Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda “y que cumplan con la capacitación y los cursos de formación que se establezcan, podrán seguir percibiendo los beneficios” de dichos programas.
• Esta posibilidad de seguir en los programas sociales siempre que se cumpla con la capacitación regirá por el mismo plazo previsto para el blanqueo, de 360 días corridos, según precisa la iniciativa.