Spotify no funcionará en Uruguay desde 2024 por una ley

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Spotify comunicó que “desafortunadamente comenzará a eliminar gradualmente su servicio en Uruguay a partir del 1 de enero de 2024” y te contamos por qué.

El servidor online de música Spotify anunció oficialmente que se retira de Uruguay dados los cambios en tal país en sus leyes sobre el derecho de autor que se incluyeron en la reciente Rendición de Cuentas.

Spotify “lamentablemente comenzará a eliminar gradualmente su servicio en Uruguay a partir del 1° de enero de 2024, y cesará completamente el servicio en febrero, en detrimento de artistas y fans”, señaló la empresa que también afirmó que ya paga más de 70% por dólar que reciben los intérpretes, pero ahora deberá pagar el doble.

Tal anuncio de Spotify pasó a ser un tema debatido tras bambalinas en la presidencia de Luis Lacalle Pou, según lo reveló La Diaria.

Esto ocurre tras que a principios de octubre, el Senado uruguayo aprobase los artículos 329 y 330 de la Rendición de Cuentas que introducen cambios en la ley de derecho de autor. Por ese entonces, Spotify ya había advertido y dicho que los “cambios eran ambiguos y confusos”.

“En la medida en que esto pueda obligar a Spotify a asumir el costo de pagar dos veces por la misma música, esto haría insostenible nuestro negocio de conectar artistas y fans, y no nos dejaría otra opción que dejar de estar disponible en Uruguay, en detrimento de los artistas y fans”, expresó Spotify a través de un comunicado de febrero.

Puntualmente, la empresa se molestó por las modificaciones en el artículo 36 y el 39 de la Ley 9.739 que establecen que el intérprete de una obra literaria o musical “tiene el derecho de exigir una retribución por su interpretación difundida o retransmitida mediante la radiotelefonía, la televisión, internet o redes digitales de cualquier tipo, o bien grabada o impresa sobre disco, película, cinta, hilo o cualquier otra substancia, medio o cuerpo apto para la reproducción sonora o visual”. Así, con los nuevos cambios se añaden las plataformas de internet y redes digitales.

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Y es más, el artículo 331 agrega al artículo 39 que “artistas intérpretes o ejecutantes, respecto de su facultad de comunicación pública y de puesta a disposición al público de fonogramas y grabaciones musicales en audiovisuales, generan en todos los casos el derecho a una justa y equitativa remuneración por su explotación”.

En relación a ello, Raúl Echeberría, director ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI), que representa a varias plataformas de internet dialogó con La Diaria y les dijo que las leyes de derechos autorales “son complejas” y no deberían ser tratadas en el marco de la Rendición de Cuentas, sino aparte.

“Generalmente son proyectos grandes, largos, complejos, que llevan mucho tiempo de discusión en todos lados”, planteó.

Es que las nuevas modificaciones refieren a contenidos en internet, pero “no se sabe si está hablando de plataformas de streaming, de redes sociales, contenidos multimedia que pueden ser compartidos por los propios usuarios”, así lo refirió Echebarría.

Echebarría también sostiene que ello tampoco debería implicar “cargas adicionales” a empresas que “ya pagaron” por los derechos a los productores.

¿Cómo se distribuye después eso que las empresas pagan al dueño de los derechos? Esa es otra discusión, pero no puede impactar en que empresas que ya pagaron por los derechos de uso de contenidos multimedia se enfrenten a la posibilidad de tener que pagar nuevos costos adicionales

No obstante, los ‘usuarios charrúas’ de Spotify no deben cundir en pánico ya que se puede seguir usando conectándose a una VP.

Es decir, lo primero que tendrás que hacer es conectarte a una VPN de otro país, por ejemplo de Argentina, usando un navegador como FireFox Nightly, ya que otros navegadores de Chrome dificultan tal tarea. Una vez que has conseguido conectarte a una VPN de otro país, deberás entrar al sitio de Spotify de ese lugar y comenzar a crear una cuenta

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