ANDIS: Gendarmería no pudo autenticar los audios atribuidos a Spagnuolo y detectó inconsistencias
Un peritaje de la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería Nacional concluyó que no fue posible confirmar la autenticidad de las grabaciones atribuidas al exdirector de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, ni identificar técnicamente las voces. El informe señaló cortes, discontinuidades acústicas y una interrupción en la cadena de custodia que limitó el análisis. La conclusión no determina por sí sola el cierre de la causa por presuntas irregularidades en la compra de medicamentos.
El análisis técnico de los audios que dieron origen a la investigación por presuntos sobornos en la Agencia Nacional de Discapacidad incorporó un elemento relevante para el expediente judicial: los especialistas no pudieron establecer si las grabaciones difundidas públicamente eran auténticas ni atribuir las voces a las personas imputadas.
El informe elaborado por la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería Nacional identificó inconsistencias que impidieron validar el origen y la integridad del material. Entre los principales obstáculos, los peritos señalaron que la cadena de custodia de los archivos se había interrumpido antes de su llegada a la instancia pericial.
La conclusión técnica no equivale a demostrar que las grabaciones sean falsas. Establece, en cambio, que con los elementos examinados no fue posible confirmar su autenticidad ni descartar que hubieran sido modificadas. Esa distinción resulta central para determinar el valor probatorio de los archivos dentro de una investigación penal.
Cortes, discontinuidades y posibles modificaciones
Los especialistas detectaron en los archivos analizados características compatibles con una regrabación, fenómeno denominado transferencia acústica. También identificaron discontinuidades abruptas e inconsistencias sonoras que no se corresponderían con una grabación continua.
De acuerdo con el informe, esas particularidades podrían ser compatibles con intervenciones, cortes o procesos de edición posteriores al registro original. Los peritos tampoco pudieron descartar la posibilidad de que se hubieran utilizado herramientas de inteligencia artificial para alterar o generar voces.
Estas observaciones impidieron establecer una atribución técnica concluyente. En consecuencia, el material no pudo ser validado como una reproducción auténtica de las conversaciones que se le adjudicaron a Spagnuolo.
La evaluación también estuvo condicionada por la imposibilidad de reconstruir de manera íntegra la trayectoria de los archivos antes de su análisis. La coincidencia de los peritos de las partes en cuanto a las limitaciones del material refuerza la necesidad de distinguir entre las hipótesis investigadas y los hechos que cuentan con respaldo técnico verificable.
Por qué importa la cadena de custodia
La cadena de custodia permite documentar cómo se obtiene, conserva, traslada y analiza una evidencia desde su incorporación a una investigación. Su función es asegurar que el elemento sometido a examen mantenga su integridad y que cualquier modificación pueda ser identificada o descartada mediante procedimientos verificables.
En el caso de los audios atribuidos a Spagnuolo, la interrupción señalada por los especialistas limitó la posibilidad de comprobar que los archivos examinados conservaran las mismas características que tenían en su origen.
Cuando se trata de evidencia digital, esa trazabilidad es especialmente importante: los archivos pueden copiarse, comprimirse, editarse o volver a grabarse sin que esas operaciones resulten necesariamente evidentes para quien los escucha. Por eso, la evaluación forense no se limita al contenido de una conversación, sino que también examina las características técnicas del archivo y las condiciones en las que fue preservado.
El resultado del peritaje delimita, por lo tanto, qué puede sostenerse a partir de esas grabaciones y qué aspectos permanecen sin resolver. La imposibilidad de autenticar el material reduce su capacidad para acreditar por sí solo la existencia de las conversaciones atribuidas, pero no determina automáticamente el destino de las demás medidas de prueba que integran el expediente.
Los audios y la investigación por presuntos sobornos
La causa se inició tras la difusión de grabaciones atribuidas a Spagnuolo, en las que se describía un supuesto mecanismo de cobro de sobornos a prestadores y droguerías relacionado con la adquisición de medicamentos.
En uno de los fragmentos difundidos se mencionaba a Karina Milei, secretaria general de la Presidencia y hermana del presidente Javier Milei, como presunta destinataria de parte de los fondos. Esa referencia formó parte de las denuncias y de la repercusión pública del caso. Sin embargo, según la información aportada, Karina Milei nunca estuvo imputada en la causa.
La defensa de Spagnuolo había planteado que los audios podían haber sido editados o generados mediante inteligencia artificial. A partir de ese cuestionamiento, se dispuso el análisis pericial para evaluar si era posible establecer la autenticidad de las grabaciones y la identidad de las voces.
La diferencia entre el contenido difundido y la evidencia que puede validarse judicialmente es decisiva para el avance de la investigación. Las afirmaciones contenidas en un audio cuya autenticidad no pudo establecerse no deben presentarse como hechos probados, del mismo modo que las limitaciones del peritaje no permiten concluir, por sí solas, que las presuntas irregularidades denunciadas no hayan ocurrido.
Qué puede pasar ahora en la causa ANDIS
El expediente continuará bajo la órbita del juez federal Ariel Lijo, quien deberá evaluar el alcance del informe y las medidas de prueba que correspondan. La conclusión de Gendarmería aporta información sobre las limitaciones técnicas de las grabaciones, pero no resuelve automáticamente las restantes líneas de investigación.
La continuidad del proceso dependerá de la evaluación judicial de la evidencia disponible y de la posibilidad de incorporar elementos independientes que permitan corroborar o descartar las hipótesis investigadas. Entre los aspectos centrales se encuentran la procedencia de los archivos, su integridad, la eventual identificación de las voces y la existencia de otras pruebas que puedan respaldar los hechos denunciados.
El caso vuelve a poner en primer plano una cuestión relevante para las investigaciones judiciales: la difusión pública de una grabación no garantiza su autenticidad ni reemplaza los procedimientos necesarios para convertirla en evidencia confiable. En una causa de interés público, preservar la trazabilidad del material, someterlo a análisis técnico y diferenciar las sospechas de los hechos acreditados resulta fundamental tanto para el esclarecimiento de las denuncias como para las garantías de las personas involucradas.
