El DNU deroga “algunas cosas residuales” de la ley de Promoción Industrial, dijo Sturzenegger

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La derogación de la ley 21.608 de Promoción Industrial en los hechos se limita a la eliminación de “algunas cosas residuales” del cuerpo normativo promulgado en 1977, que hasta hace una década favoreció a la radicación de compañías en las provincias de Catamarca, La Rioja, San Juan y San Luis.

Así lo señaló hoy el asesor presidencial Federico Sturzenegger, al referirse en declaraciones a Radio Mitre a los alcances del artículo 158 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, que deroga la ley 21.608, sancionada en julio de 1977 durante la dictadura de Jorge Rafael Videla.

La decisión no implica cambios en la ley 19.640 de Régimen de Promoción Industrial de Tierra del Fuego, recientemente prorrogado hasta 2028.

Al respecto, el presidente Javier Milei aclaró por la misma emisora que en el caso de la industria fueguina “hay derechos adquiridos”.

Fuentes de los gobiernos de las cuatro provincias involucradas señalaron a Télam que, en cuanto a los efectos prácticos, la ley “caducó en 2012”, y que en los 35 años desde su sanción hasta ese año “tuvo sus idas y vueltas”, con varias modificaciones que, además, tuvieron un impacto adicional por las sucesivas subas en las alícuotas del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En ese sentido, diferentes gobiernos de la provincia de Mendoza expresaron sus críticas a la norma, por considerar que perjudicaba la radicación de empresas en la provincia al favorecerla en los Estados vecinos.

Entre los varios temas que abarca, el DNU incluye la derogación de la ley de Promoción Industrial en el Título IV, reservado a la Bioeconomía, y además de una cita en los considerandos, se limita a señalar en el artículo 158: “derógase la Ley N° 21.608”.

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Entre los fundamentos para su derogación, junto con otras leyes, el DNU considera que “es imprescindible facilitar la operatoria económica eliminando los obstáculos que han introducido diversas leyes en el libre funcionamiento de los mercados mediante una indebida injerencia del Estado”.

Entre los objetivos de la ley de 1977 figuran los de “alentar el desarrollo regional procurando una equilibrada instalación de industrias en el interior del país” y “fomentar la mejora de la eficiencia de la industria, por modernización, especialización, integración, fusión, economía de escala, o cambios en su estructura, cuidando de no facilitar el establecimiento de un poder monopólico u oligopólico en los mercados de que se trate”.

Asimismo, buscaba “propiciar la instalación de nuevas actividades industriales en las áreas y zonas de frontera”, así como “impulsar el desarrollo de industrias necesarias para la seguridad y defensa nacional” y “facilitar el traslado de industrias ubicadas en zonas de alta concentración urbana”.

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