Habilitan un nuevo sistema de trazabilidad de semillas protegidas
El Gobierno refuerza el control de semillas protegidas con análisis de identidad varietal en granos y mayor trazabilidad en la cadena agrícola.
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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) dieron un nuevo paso en el fortalecimiento de los mecanismos de protección de la propiedad intelectual vegetal al aprobar un protocolo que permitirá controlar la identidad varietal de los granos comercializados desde el primer punto de entrega. La medida, oficializada mediante la Resolución Conjunta 3/2026 publicada este lunes en el Boletín Oficial, busca reforzar la trazabilidad de las semillas protegidas y dotar de mayores herramientas de fiscalización a los obtentores de variedades registradas.
La decisión se inscribe en un debate histórico del agro argentino: la protección de los derechos de propiedad intelectual sobre las innovaciones genéticas en semillas y la necesidad de garantizar que quienes desarrollan nuevas variedades puedan recuperar las inversiones realizadas en investigación y mejoramiento vegetal.
El nuevo esquema establece que las muestras de granos tomadas en los centros de acopio, plantas de procesamiento o cualquier establecimiento que opere como primer punto de entrega deberán ser sometidas a análisis de identidad varietal mediante tecnologías reconocidas por el INASE. El objetivo es determinar con precisión qué variedad vegetal se encuentra presente en cada lote comercializado y verificar si corresponde a cultivares protegidos bajo el régimen de propiedad intelectual vigente.
La normativa se apoya en los avances tecnológicos que permiten identificar variedades vegetales en plazos cada vez más reducidos y con elevados niveles de precisión científica. Según los fundamentos de la resolución, estas herramientas ofrecen evidencia objetiva y técnicamente validada para detectar posibles infracciones a la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas.
Uno de los aspectos más relevantes del nuevo protocolo es la incorporación formal de actores privados al sistema de control. Las Cámaras Arbitrales y entidades especializadas que celebren convenios con el INASE podrán adquirir muestras, realizar análisis y remitir los resultados a los titulares de las variedades registradas. A su vez, los establecimientos donde se efectúe el muestreo estarán habilitados para firmar acuerdos con entidades vinculadas al comercio de granos con el fin de financiar y coordinar las tareas operativas.
El procedimiento prevé que, una vez identificado un cultivar protegido, el titular de los derechos pueda recibir de manera inmediata los resultados del análisis y, en caso de detectar presuntas irregularidades, presentar una denuncia ante el INASE dentro de los 60 días posteriores a la emisión del certificado correspondiente. En paralelo, conserva la posibilidad de iniciar acciones legales por la vía que considere pertinente.
La resolución también determina que las muestras analizadas y las de respaldo deberán conservarse durante un plazo mínimo de 60 días, permitiendo que la autoridad de aplicación disponga de material suficiente para eventuales investigaciones o actuaciones administrativas.
Desde el punto de vista productivo, la medida apunta a fortalecer un sistema que históricamente ha enfrentado dificultades para controlar el uso de semillas protegidas, especialmente en cultivos autógamos como soja y trigo, donde la reutilización de semilla por parte de los productores ha sido motivo de controversias recurrentes entre obtentores, semilleros y entidades rurales.
La articulación público-privada promovida por la resolución refleja una estrategia orientada a mejorar la trazabilidad del mercado de semillas sin incrementar la estructura estatal de fiscalización. Para el Gobierno, este esquema permitirá aumentar la transparencia del sistema y generar incentivos para la inversión en genética vegetal, un factor considerado clave para sostener la competitividad del agro argentino en los mercados internacionales.
La medida tendrá aplicación sobre los cultivares que se inscriban en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares a partir de la entrada en vigencia de la resolución. Asimismo, el incumplimiento de las disposiciones establecidas podrá ser sancionado conforme a las penalidades previstas en la Ley 20.247.
Detrás de la decisión subyace una apuesta estratégica: consolidar un marco regulatorio que otorgue mayor previsibilidad a las empresas dedicadas al mejoramiento genético y al desarrollo de nuevas variedades, en un contexto donde la innovación tecnológica se ha convertido en uno de los principales motores de productividad del sector agroindustrial argentino. Para una economía cuya competitividad externa depende crecientemente de la incorporación de conocimiento y biotecnología, el fortalecimiento de los mecanismos de protección intelectual aparece como una pieza central de la agenda agropecuaria.
