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Finanzas abre un canje de deuda dólar linked para postergar vencimientos hasta junio de 2027

Finanzas licita el 20 de octubre un canje de deuda dólar linked para convertir la D30O6 en títulos con vencimientos hasta junio de 2027

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La Secretaría de Finanzas anunció una licitación de conversión de deuda para el martes 20 de octubre, dirigida a los tenedores de la letra del Tesoro vinculada al dólar linked con vencimiento el 30 de octubre de 2026 (D30O6). La operación permitirá canjear ese instrumento por tres alternativas con vencimientos posteriores: noviembre de 2026, enero de 2027 y junio de 2027.

La operación se realizará bajo el mecanismo de suscripción en especie previsto en el artículo 2 del Decreto 846/2024. En lugar de cancelar el título mediante un pago en efectivo, el Tesoro ofrecerá nuevos instrumentos a cambio de los valores elegibles que entreguen los participantes cuyas ofertas sean aceptadas. El esquema busca reorganizar los vencimientos de deuda y ofrece a los tenedores la posibilidad de extender los plazos de sus posiciones.

Las alternativas son la reapertura de la Letra del Tesoro Nacional vinculada al dólar con vencimiento el 30 de noviembre de 2026 (D30N6), otra con vencimiento el 15 de enero de 2027 (D15E7) y el Bono del Tesoro Nacional dólar linked con vencimiento el 30 de junio de 2027 (TZV27). Los tres instrumentos mantienen la vinculación con la evolución del tipo de cambio, aunque difieren en sus fechas de vencimiento.

La recepción de ofertas comenzará a las 11:30 y finalizará a las 15 del martes 20 de octubre. La liquidación está prevista para el viernes 23, mientras que los participantes con ofertas adjudicadas deberán transferir los títulos originales antes de las 17 del jueves 22 de octubre.

Cómo funcionará la licitación

Los participantes deberán presentar una oferta competitiva por cada instrumento elegido, indicando el valor nominal en dólares y el precio en dólares por cada valor nominal de USD 1.000. El precio de mercado ajustado de la letra elegible D30O6 se anunciará el día de la licitación, antes de la apertura del período de recepción de ofertas.

El monto de los títulos originales que deberá entregar cada participante dependerá del valor nominal del nuevo instrumento adjudicado, de su precio de corte y del precio aplicable a la letra D30O6. La fórmula establecida por Finanzas relaciona esas variables para determinar la cantidad de deuda original que se convierte. Los valores nominales resultantes se redondearán al múltiplo correspondiente a la denominación mínima del instrumento.

La oferta mínima será de USD 10.000 de valor nominal, y los montos superiores deberán respetar los incrementos previstos en las condiciones de la licitación. Según la convocatoria, no se cobrarán comisiones por la operación y el monto máximo de colocación estará sujeto a lo autorizado por la normativa vigente.

La transferencia de los títulos elegibles deberá realizarse desde la cuenta del participante en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos (CRYL) del Banco Central hacia la cuenta de la Secretaría de Finanzas identificada como 99990-01. Quienes tengan los títulos depositados en Caja de Valores deberán prever su traslado previo a la cuenta CRYL para cumplir con el plazo establecido.

El mecanismo contempla una penalidad ante el incumplimiento en la entrega de los títulos originales. En ese caso, se realizará un débito en pesos a la entidad que presentó la oferta, calculado a partir del valor del nuevo instrumento, su precio de corte, un factor de 1,20 y el tipo de cambio de referencia del BCRA correspondiente al 22 de octubre. La regla busca establecer una consecuencia financiera para las ofertas adjudicadas que no completen la entrega comprometida.

Qué implica para la administración de la deuda

El canje ofrece al Tesoro una vía para administrar vencimientos próximos mediante la sustitución de títulos por otros con fechas posteriores. Para los tenedores, la decisión implica comparar las condiciones de cada alternativa, los precios de adjudicación y el plazo durante el cual mantendrán su exposición a instrumentos vinculados al dólar.

La operación no elimina la obligación financiera del Estado, sino que modifica el instrumento y el momento de vencimiento de la deuda que sea efectivamente convertida. Su resultado dependerá de la participación de los tenedores, los precios que se determinen en la licitación y el volumen de ofertas aceptadas.

La diferencia entre noviembre de 2026, enero de 2027 y junio de 2027 permite distribuir las alternativas en distintos horizontes temporales. La elección entre ellas dependerá de las necesidades de liquidez y de la estrategia de cada inversor, además de las condiciones de mercado vigentes al momento de la licitación.

La convocatoria se enmarca en las herramientas de administración de pasivos que utiliza el Ministerio de Economía para gestionar el perfil de vencimientos. El dato central será cuánto de la deuda con vencimiento en octubre logra convertirse y cómo queda distribuida entre los nuevos instrumentos, información que permitirá dimensionar el efecto concreto de la operación sobre las obligaciones del Tesoro.

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