Diputados dio media sanción a la nueva Ley de Inocencia Fiscal y amplió el régimen para los contribuyentes

El proyecto obtuvo 139 votos a favor, 110 en contra y dos abstenciones. Elimina los topes de ingresos y patrimonio para acceder al régimen simplificado de Ganancias y limita sus beneficios para funcionarios públicos

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La Cámara de Diputados volvió a darle una victoria parlamentaria al Gobierno de Javier Milei. Con 139 votos a favor, 110 en contra y dos abstenciones, aprobó y giró al Senado el proyecto de reforma de la denominada Ley de Inocencia Fiscal, que amplía de manera sustancial el universo de contribuyentes habilitados para utilizar el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.

La votación se produjo después de la media sanción a la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central y consolidó una nueva demostración de capacidad del oficialismo para construir mayorías con el PRO, la UCR, Argentina Federal, Elijo Catamarca, Independencia, el MID y Producción y Trabajo. Unión por la Patria y la izquierda rechazaron la iniciativa, mientras que también hubo votos negativos de sectores de Provincias Unidas, la Coalición Cívica y Encuentro Federal.

El cambio central consiste en eliminar los límites que actualmente restringen el acceso al régimen. La normativa vigente establece un ingreso anual máximo de $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones. El proyecto aprobado por Diputados habilita a todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en la Argentina a optar por la modalidad simplificada, sin topes de ingresos ni patrimonio.

El Gobierno sostiene que la modificación apunta a reducir la complejidad del sistema tributario y a generar mayores incentivos para que los ahorros que permanecen fuera del circuito formal ingresen al sistema financiero. En la argumentación oficial aparece como uno de los objetivos la incorporación de recursos que permanecen fuera del circuito declarado, en un contexto en el que la administración libertaria estima que existen unos US$170.000 millones fuera del sistema financiero.

Pero el alcance de la reforma excede la simplificación de una declaración jurada. El proyecto redefine las condiciones bajo las cuales la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puede considerar que existe una “discrepancia significativa” y, a partir de allí, impugnar la declaración simplificada y avanzar sobre declaraciones de Ganancias e IVA de períodos no prescriptos.

La discrepancia significativa quedará configurada cuando la impugnación implique un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos de al menos 15% respecto de lo declarado, cuando la diferencia supere el monto establecido por el Régimen Penal Tributario o cuando existan facturas u otros documentos apócrifos o un cómputo improcedente de ingresos directos. A su vez, se incorpora un umbral mínimo equivalente al 5% del monto previsto en el régimen penal por debajo del cual no se configurará esa discrepancia aun cuando se supere el porcentaje establecido.

El proyecto también introduce una ventana de regularización. Si el contribuyente presenta una declaración rectificativa dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de la liquidación administrativa o de la determinación de oficio y cancela o regulariza el impuesto y los intereses correspondientes, la diferencia entre la declaración original y la rectificativa no será considerada para configurar una discrepancia significativa.

El punto político: los funcionarios quedaron fuera de los beneficios

Uno de los cambios incorporados durante el tratamiento parlamentario apunta directamente a los funcionarios públicos y responde al debate generado alrededor de la adhesión al régimen de Manuel Adorni, exjefe de Gabinete y actual legislador, quien fue mencionado durante la discusión por una causa de presunto enriquecimiento ilícito.

Los funcionarios podrán utilizar el sistema simplificado únicamente como canal operativo para presentar la declaración jurada y cancelar el saldo correspondiente. No podrán acceder a la presunción de exactitud, a la liberación de fiscalizaciones ni a los demás beneficios o inmunidades tributarias del régimen. Tampoco se aplicará para ellos el concepto de discrepancia significativa.

La exclusión alcanza a quienes ejerzan o hayan ejercido cargos de alta responsabilidad pública en cualquiera de los tres poderes del Estado durante los cinco años anteriores a la adhesión y hacia adelante. Además, se mantiene el carácter de personas políticamente expuestas para los funcionarios y sus vínculos alcanzados por las normas de prevención correspondientes.

Para el oficialismo, esta modificación permite despejar la principal controversia política que había acompañado a la primera versión del régimen. Laura Rodríguez Machado, diputada de La Libertad Avanza y miembro informante del proyecto, sostuvo que la norma busca modificar una lógica de fiscalización que considera excesivamente sospechosa sobre quienes acumularon ahorros fuera del sistema formal durante períodos de alta inflación.

La oposición leyó el cambio de manera inversa. Desde Unión por la Patria se cuestionó que la eliminación de los topes permita que personas con una capacidad económica mucho mayor que la de los pequeños contribuyentes accedan al régimen. También se advirtió que la reducción de las facultades de fiscalización podría dificultar la detección de patrimonio no declarado, evasión y operaciones vinculadas al lavado de activos.

Martín Lousteau, de Provincias Unidas, planteó que detrás de la simplificación tributaria existe una reducción de la capacidad de ARCA para detectar evasores, mientras que otros bloques opositores calificaron el proyecto como una suerte de blanqueo encubierto. El oficialismo rechazó esa interpretación y sostuvo que la norma no elimina la posibilidad de investigar delitos ni establece una amnistía.

Un alivio adicional para las MicroPyMEs

El proyecto incorpora además un componente orientado al sector productivo. Las MicroPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro tendrán una reducción automática del 25% en las multas formales, dentro de un esquema destinado a disminuir la presión punitiva e incentivar la regularización voluntaria.

El cambio adquiere relevancia para empresas que operan con estructuras administrativas pequeñas y enfrentan costos de cumplimiento tributario relativamente elevados. La lógica planteada por el oficialismo es que reducir las sanciones formales facilite el regreso a la formalidad y disminuya los incentivos para permanecer fuera del circuito tributario.

La discusión, sin embargo, expone una tensión estructural de la política fiscal. Simplificar el cumplimiento puede reducir costos y favorecer la formalización, pero al mismo tiempo una ampliación del régimen sin límites patrimoniales obliga a definir con mayor precisión dónde termina la protección del contribuyente cumplidor y dónde comienza el riesgo de debilitar las herramientas contra la evasión.

Ese será uno de los puntos centrales cuando el proyecto llegue al Senado. La iniciativa todavía no es ley: recibió media sanción en Diputados y deberá ser tratada por la Cámara alta.

La segunda victoria parlamentaria consecutiva del Gobierno, además, deja un dato político relevante. La administración de Milei logró reunir nuevamente una mayoría transversal alrededor de una reforma económica, pero lo hizo sobre un terreno en el que los aliados también introdujeron condiciones, particularmente respecto de los funcionarios públicos. La discusión que sigue en el Senado no será solamente tributaria: definirá hasta dónde puede avanzar la estrategia de simplificación y formalización de capitales sin reducir la capacidad del Estado para controlar el patrimonio y las operaciones de mayor riesgo.

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